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MÉXICO, DF, 8 de abril de 2015.- Las comisiones unidas de Defensa Nacional, Gobernación y de Estudios Legislativos, aprobó por amplia mayoría el dictamen que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y que autorizará que agentes extranjeros de aduanas y migración porten armas dentro de territorio nacional.
La iniciativa fue enviada por el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, bajo el argumento de fortalecer el intercambio comercial y las relaciones diplomáticas de México con otras naciones, por lo que se prevé también la instalación de despachos conjuntos aduaneros y de pre-inscripción migratoria con los socios comerciales y de intercambio turístico.
La propuesta recibida en febrero pasado por la Cámara Alta, acota que no se autorizará la portación de un arma distinta a la que los agentes aduanales utilizan en sus respectivos países como arma de cargo, por lo cual el revólver o pistola no podrá ser superior a 40 milímetros o equivalente y precisa que no se permitirá que autoridades aduaneras extranjeras ejerzan sus facultades en México.
La iniciativa plantea que la Secretaría de la Defensa Nacional podrá expedir permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a servidores públicos extranjeros de migración o aduanas y podrán cancelarse, sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, a consideración de la instancia encargada de la Seguridad Nacional.
De acuerdo con el proyecto, la Secretaría de Gobernación o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, serán responsables de tramitar ante la Secretaría de la Defensa Nacional, cuando menos con 15 días de anticipación al inicio de la comisión, los permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego respectivos.
Los permisos tendrán una vigencia de 6 meses; en caso de que la comisión sea mayor a este período podrán renovarse semestralmente y la Defensa Nacional determinará en los permisos extraordinarios el arma autorizada, el local o la instalación en que será válida la portación y los demás límites o restricciones que sean aplicables.