Denuncia oposición que Morena legisla por medio de fe de erratas
MÉXICO, DF, 21 de abril de 2015.- Por mayoría calificada, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas constitucionales para establecer un sistema integral de justicia para los adolescentes y armonizar artículos en la materia de modo que todos los juicios contra adolescentes sean orales, delitos graves y no graves.
El dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución en materia de justicia para adolescentes, fue avalado en lo general y en lo particular por la asamblea con 398 votos a favor y dos abstenciones; se turnó a las legislaturas de los estados para efectos del artículo 135 del Ordenamiento Supremo antes sin votar.
El documento sustituye los términos conductas tipificadas como delito y conductas antisociales, por hecho que la ley señala como delito.
En lugar de derechos fundamentales, se dice derechos humanos, igual que en lugar de decir para toda persona, indica para todo individuo.
Los individuos menores de 12 años que realicen hechos que se consideren delitos, serán sujetos a una asistencia social en instituciones especializadas y competentes, lo cual permita que a una edad temprana el poder tener una reinserción social sin que se desarrolle aún más su potencial delictivo.
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Alejandro Sánchez Camacho, indicó que el sistema de justicia a partir de 2005 se caracterizó por su concordancia con los principios y las disposiciones de la Convención Sobre los Derechos del Niño, pero en este año con este proyecto se pretende ir más allá y garantizar de forma contundente el respeto a los derechos de los adolescentes en dicha situación.
Señaló que con el establecimiento de que todos los juicios contra adolescentes sean orales, delitos graves y no graves, se apela a las virtudes que este sistema pretende demostrar.
“El sistema oral es más ágil y respetuoso de los derechos en todas las etapas del proceso. Los operadores deberán estar capacitados para el desempeño de sus funciones. La investigación de los delitos se realiza utilizando métodos científicos. Se rige por el principio de presunción de inocencia por el cual una persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario”, fundamentó el perredista desde tribuna.
Las reformas en materia de justicia para adolescentes prioriza la reparación del daño a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos. Además, los jueces estarán presentes durante el desarrollo de todas las audiencias.
Esta modificación constitucional, da paso a un sistema más justo y proporcional, sustentando en la protección integral de los derechos de la infancia y la adolescencia, subrayó el ex secretario general del PRD.
Con el nuevo marco jurídico, las entidades federativas quedarán obligadas a adecuar su legislación para dar cuenta de los principios de juicio oral, así como a implementar un nuevo sistema de justicia especializado en el ámbito de sus respectivas competencias.
El propósito central de la iniciativa es priorizar los derechos de los adolescentes mayores de 12 años y menores de 18, cuando enfrenten un proceso por haber cometido alguna infracción a la Ley Penal.
Los párrafos cuarto y sexto del artículo 18, establecen la base constitucional para que los adolescentes en las edades citadas pudieran ser enjuiciados.
Sin embargo, el presente dictamen es establecer a favor de ellos todos los derechos humanos que el Estado mexicano ha suscrito en la materia, considerando que la edad que tienen no los hace comprender cabalmente la ilicitud de las conductas que realizan.
También, considerando la aplicación en todo el país de los juicios orales a partir del 2016.
En el párrafo sexto del mismo artículo 18, se establece que todos los procedimientos en los que los adolescentes sean enjuiciados, tendrán que desarrollarse bajo este nuevo sistema.
En el artículo 73, fracción XXI de la reforma, el inciso c) otorga al Congreso de la Unión la facultad para emitir una legislación única en materia de justicia penal para adolescentes, cuya aplicación en toda la República en el ámbito federal y local.
ar por la asamblea con 398 votos a favor y dos abstenciones; se turnó a las legislaturas de los estados para efectos del artículo 135 del Ordenamiento Supremo antes sin votar.