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CIUDAD DE MÉXICO, 23 de abril (Quadratín México).- La Secretaría de Salud (SSA) publicó el decreto por el que se reforma la fracción VII del Artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, con la que se incluye a los dependientes de desaparecidos entre las personas con derecho a servicios asistenciales.
El Artículo 4 indica que “tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar”.
El documento, publicado en el Diario Oficial de la Federación, expone que se reforma la fracción VII y queda como sigue: “Dependientes de personas privadas de su libertad, de desaparecidos, de enfermos terminales, de alcohólicos o de farmacodependientes”.
El decreto, que entrará en vigor este miércoles, fue emitido por el Congreso de la Unión y enviado al presidente Enrique Peña Nieto.
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