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CIUDAD DE MÉXICO, 18 de septiembre (Quadratín México).- La Secretaría de Salud (SSA) publicó este martes la Norma Oficial Mexicana sobre la regulación de servicios de salud en la práctica de la acupuntura humana y métodos relacionados, con el fin de asegurar el bienestar de la población.
La Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA3-2012, difundida en el Diario Oficial de la Federación, establece que la acupuntura humana es un método clínico-terapéutico no medicamentoso, útil en el manejo médico que consiste en la inserción de agujas metálicas esterilizadas de cuerpo sólido en puntos específicos sobre la superficie del cuerpo humano.
En el documento se establece que esta práctica médica no podrá emplearse como tratamiento único en padecimientos o desequilibrios homeostáticos que por su gravedad o trascendencia, que no estén demostrados sus beneficios.
Como, indica la NOM, malformaciones congénitas y adquiridas, tumores benignos y malignos, infecciones bacterianas graves, infecciones virales; VIH, hepatitis y padecimientos que impliquen cirugía mayor.
Así como en aquellos que estén restringidos por otras normas oficiales mexicanas, salvo en los casos de que sea utilizada como paliativo de dolor y terapéutica complementaria, para brindar una mejor calidad de vida de los pacientes con enfermedades en etapa terminal.
Respecto de la consulta, refiere que debe ser brindada por profesionales de la salud que cuenten con los documentos legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes, que los faculten para el ejercicio de la acupuntura humana y métodos relacionados.
En particular, establece el documento: el médico especialista en acupuntura humana, médico general y especialistas en otras ramas de la medicina y odontología, con capacitación y experiencia en el uso y aplicación de este procedimiento terapéutico.
Así como el licenciado en acupuntura médica y rehabilitación integral, denominación o nivel académico homólogo, cada uno en sus respectivos ámbitos de competencia y responsabilidad profesional.
Respecto de las agujas de acupuntura, agujas de tres filos, tachuelas y cualquier medio que se introduzca en el cuerpo humano, deberán estar previamente esterilizadas, ser personales e intransferibles y conservadas en un tubo de ensayo o recipiente debidamente rotulado con fines de identificación del paciente al que pertenecen.
La esterilización deberá ser cada vez que concluya la sesión terapéutica. Cuidar no dañar la punta ni el cuerpo de la aguja, vigilar el material de las mismas y desecharlas si no están en condiciones adecuadas.
La Norma Oficial Mexicana especifica que se deberán utilizar testigos biológicos para el control de calidad de los ciclos de esterilización, aplicándose una vez por semana, tanto para hornos de calor seco como para autoclaves
También refiere que el ejercicio de la acupuntura se debe realizar con fines preventivos, terapéuticos o de rehabilitación, atendiendo los principios científicos y éticos.
De la aguja de acupuntura, explica que es un instrumento metálico punzante, flexible de cuerpo delgado, sólido con punta fina, la que puede estar formada hasta por ciento partes: cabeza, mango, raíz, cuerpo y punta.
El metal para la elaboración de la aguja, debe ser de acero inoxidable, mientras que para el mango se puede utilizar otros metales como el oro, plata, cobre, platino y zinc.
El equipo e instrumental de uso médico para la atención de la salud que se utilicen en la práctica de la acupuntura, deberán contar con el registro sanitario de la Secretaría de Salud.
La Reforma del Sector Salud marca dos líneas fundamentales: extender la cobertura de servicios de salud y mejorar la calidad de la atención; para ello es necesario que la práctica médica se realice con estricto apego a la normatividad vigente, para asegurar el bienestar de la población.
En este sentido, la acupuntura humana es una disciplina de la medicina que se constituye como un recurso terapéutico de utilidad en la práctica médica en general.
La Organización Mundial de la Salud reconoce la utilidad de la acupuntura para el tratamiento de enfermedades, promueve su regulación e integración en los sistemas nacionales de salud y recomienda realizar estudios de investigación al respecto.
Es importante señalar que, para la correcta interpretación de la presente norma, se tomarán en cuenta, invariablemente los principios científicos y éticos a través de los cuales, los profesionales y técnicos de las disciplinas para la salud, habrán de prestar sus servicios a su leal saber y entender en beneficio del paciente, atendiendo a las circunstancias de modo, tiempo y lugar, en que presten sus servicios.
QMex/mmv/arm