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CIUDAD DE MÉXICO, 29 de noviembre (Quadratín México).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 381 votos a favor, 19 en contra y 22 abstenciones, la minuta que expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes.
La nueva norma crea el Sistema Federal de Justicia para los Adolescentes cuya tarea fundamental será la reintegración o reincorporación social y familiar del adolescente o adulto joven.
La minuta remitida al Ejecutivo Federal también reforma y adiciona diversos artículos a las leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República y de la Ley Federal de la Defensoría Pública, con la finalidad de establecer el respeto, integridad, dignidad y estricto cumplimiento de los derechos y garantías de los adolescentes y adultos jóvenes.
El Sistema Federal de Justicia para los Adolescentes incluye a los órganos, instancias, procedimientos, principios, derechos y garantías previstos en la Constitución, la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, tratados y convenios internacionales.
Entre los principios rectores del Sistema está el interés superior del adolescente, la presunción de inocencia, la mínima intervención que consiste en la adopción de medidas para tratarlos sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendido de que se respetarán plenamente sus derechos humanos y garantías legales.
Garantiza que durante la fase de detención no se mantenga al adolescente incomunicado ni se le coaccione, intimide, someta a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes y que se satisfagan sus derechos a la alimentación y a la salud.
Dicha ley se aplicará a quienes se les atribuya o compruebe la realización de una o varias conductas tipificadas como delito de competencia de las autoridades federales y que tengan al momento de la comisión de dichas conductas, entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad.
Se busca que en ningún caso se aplique al adolescente o adulto joven la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Entre los castigos contenidos en el nuevo ordenamiento se encuentran las medidas de ingreso a los Centros Federales de Internamiento Juvenil, cuya duración será prevista de acuerdo al delito cometido por el menor.
En este sentido, se incluye la medida de internamiento permanente como la pena más grave en esta ley, que consiste en la privación de la libertad y se debe cumplir exclusivamente en dichos centros, de los que podrán salir el adolescente o adulto joven sólo mediante orden escrita de la autoridad judicial.
La duración de la pena deberá tener relación directa con los daños causados, sin poder ser inferior a un año ni superior a cinco cuando el adolescente o adulto joven tenga entre 14 años cumplidos y menos de 16 al momento de realizar la conducta delictiva. Cuando tenga 16 años cumplidos y menos de 18, no podrá ser inferior a dos años ni superior a siete años.
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