Primer periodo, fundamental para bases de cambio profundo: Monreal
CIUDAD DE MÉXICO, 27 de septiembre (Quadratín México).- Por mayoría, la Comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados avaló que el dictamen de la reforma laboral límite a 12 meses el pago de salarios vencidos, en caso de juicio por despido.
Adicionalmente, se establecen sanciones para aquellos abogados a los que se les encuentre responsables de prácticas dilatorias durante un juicio laboral.
Lo anterior tal y como fue propuesto por el presidente Felipe Calderón en la iniciativa preferente que envió a la Cámara de Diputados.
Esto al ser desechada la reserva al artículo 48, presentada por la diputada Luisa María Alcalde Luján, de Movimiento Ciudadano, apoyada por el PVEM y el PRD.
Por lo tanto, la redacción del artículo fue aprobada en sus términos: “Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de 12 meses”.
Este texto incluye la propuesta enviada a la Cámara de Diputados por el titular del Ejecutivo y añade que a los abogados, litigantes o representantes que promuevan acciones con la finalidad de prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución de un juicio laboral, se les impondrá una multa de 100 a mil veces el salario mínimo general.
Agrega también que si dicha dilación es producto de omisiones o conductas irregulares de los servidores públicos, la sanción aplicable será la suspensión hasta por noventa días sin pago de salario.
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