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CIUDAD DE MÉXICO, 19 de junio, (Quadratín México).- Diputados y senadores aprobaron en comisiones de la Comisión Permanente, emitir un exhorto al Presidente de la República, para que no se reduzcan salario y prestaciones de los militares que sean procesados y sentenciados por delitos del fuero militar, federal o común.
Es menester precisar que, por el solo hecho de ser presuntos responsables de un delito, sin existir sentencia firme de una autoridad judicial, a los militares se les reduce aproximadamente el 90 por ciento del total de las percepciones salariales y prestaciones derivadas.
En el dictamen con punto de acuerdo, los legisladores de la Segunda Comisión de la Permanente, hicieron un llamado al Ejecutivo Federal y Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, para que por el conducto correspondiente realice una valoración de las disposiciones contenidas en el artículo 20 del Reglamento de los Grupos de Militares Procesados y Sentenciados, para garantizar la plena vigencia de sus derechos humanos en concordancia con la Constitución Política y los tratados internacionales de los que México es parte.
Según el artículo 20 del citado reglamento, “los generales, jefes, oficiales y tropa del Ejército y Fuerza Aérea o sus equivalentes en la Armada en el activo, que se les decrete auto de formal prisión o de sujeción a proceso en el fuero militar, común o federal, tendrán derecho a percibir sus haberes”.
El diputado del PRI y presidente de la Comisión de Justicia, Humberto Benítez Treviño, se pronunció a favor del dictamen, al argumentar que no se es culpable, hasta en tanto no se compruebe la responsabilidad penal.
Y, dijo que, “una vez que el juez ha decretado la formal prisión no demerite los ingresos de los miembros de las Fuerzas Armadas; al contrario, nadie es culpable mientras no se compruebe su responsabilidad. Y parece ser que seguimos deteniendo para investigar, estamos presumiendo la culpabilidad de la persona en este sistema inquisitorial que tenemos, de facto”.
Esta reducción salarial y suspensión de prestaciones representa una medida que no tiene ningún fundamento lógico-jurídico, y atenta directamente contra los derechos humanos previstos en los artículos 5, 14, 16, 20 apartado B, fracción I y 22 de la Constitución, afectando gravemente la integridad física, psicológica y moral del procesado y de su familia, pues en la mayoría de los casos, los militares no cuentan con conocimientos distintos a los propios de la milicia, condición que les complica obtener ingresos mediante el ejercicio de otra profesión, lo que ha derivado en que algunos de ellos ingresen a las filas del crimen organizado.
Los senadores y diputados consideraron que es indispensable la modificación de disposiciones reglamentarias que han sido superadas por la realidad nacional, provocando la violación sistemática de derechos humanos de miembros activos del Ejército y de la Armada.
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