
Lanzan convocatoria para Premio IMPI a la Innovación Mexicana 2025
href=»http://mexico.quadratin.com.mx/ahora-valoran-a-los-interesados-en-rescatar-a-mexicana-de-aviacion/mexicana-7/» rel=»attachment wp-att-84341″>CIUDAD DE MÉXICO, 29 de enero, (Quadratín México).- Concluyó el plazo de la convocatoria para que el sector inversionista mostrara interés en adquirir y capitalizar la compañía Mexicana de Aviación y sus filiales Mexicana Inter, Aerovías Caribe y Mexicana MRO.
En el juicio de concurso mercantil que se lleva a cabo a Mexicana de Aviación y sus filiales se declara que, al término de 10 días hábiles, feneció el plazo concedido al sector inversionista interesado en adquirir y capitalizar dicha empresa.
“Ante el estado crítico en que financieramente se encuentra la concursada y sus filiales, la titular del Juzgado 11 de Distrito en Materia Civil, Edith Alarcón, atenta a las facultades legales de que se encuentra investida, se reserva la facultad de valorar de forma inmediata el perfil de los interesados”.
De esta forma, la juzgadora giró de inmediato los requerimientos a los entes financieros nacionales correspondientes, en los que se guardará a cabalidad la confidencialidad debida, hasta en tanto se efectúe el pronunciamiento definitivo.
Lo anterior, aseguró la jueza, dado el interés público e impacto social que caracterizan al presente asunto, en el que “el tiempo no es un factor que favorezca”.
En este caso, luego de que se agota esta fase de valoración del inversionista que se estime jurídica y financieramente más apto para la adquisición y capitalización de Mexicana de Aviación y sus filiales, la juez federal adoptará las medidas necesarias para convocar las reuniones correspondientes.
En dichos encuentros, dijo, participarán el nuevo inversionista, los accionistas de Nuevo Grupo Aeronáutico, así como los principales acreedores reconocidos, entre los que indefectiblemente figuran los trabajadores y aquellos que prestan un servicio catalogado como indispensable en la operación de la concursada.
De esta forma, una vez que se seleccione al inversionista de forma definitiva, la juzgadora estará en aptitud legal de realizar el pronunciamiento correspondiente, ya de que de lo contrario, se atentaría contra la estabilidad del presente asunto, pues provocaría una falsa expectativa a este respecto.
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