Jubileo 2025: Llevar esperanza a donde se ha perdido
Como la balanza que la ciega Señora Justicia sostiene en la mano y que a veces se inclina para un lado y luego para el otro, así los ministros de nuestra máxima Corte pasan de justicieros a legalistas y, más tarde, de legalistas a justicieros. La cara amable le tocó a Florence Cassez. A los miembros del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), todo lo contrario.
Fue así que el fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con respecto al caso del SME resultó en una mancha vergonzosa más en la historia del país que, además de causar indignación, coloca a ese tribunal en un alto nivel de ridículo en el mundo por su genuflexión al Poder Ejecutivo y por sus fallos contradictorios e injustos, comparables solamente a aquellos que distinguen a las cortes de regímenes dictatoriales.
El grotesco fallo emitido por la Segunda Sala de la SCJN hace una semana, el miércoles 29 de enero, es un ejemplo de arbitrariedad y autoritarismo que al negar la protección de los derechos humanos, laborales y sociales de miles de trabajadoras y trabajadores electricistas viola los preceptos Constitucionales, las leyes secundarias y la normativa internacional.
En lugar de desechar el recurso del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), por notoriamente improcedente —como argumentaron destacados juristas nacionales e internacionales— o regresar el asunto al Segundo Tribunal Colegiado para su revisión, la SCJN decidió, sorpresivamente y sin un debate a profundidad, calificar el asunto de fondo y de esa manera justificar, de manera grosera, los pretextos gubernamentales para liquidar Luz y Fuerza del Centro arrojando a la calle a 44 mil trabajadores.
Entre las barbaridades expuestas por los ministros de la Corte destaca la afirmación de que el gobierno federal no es patrón de las y los empleados de las empresas descentralizadas, porque éstas tienen autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propios; sin embargo sí le “reconocen” capacidad para liquidarlas. En la lógica de los ministros, el gobierno sí es patrón para lanzar a la calle a 44 mil trabajadores, pero no lo es para recontratarlos bajo la figura de patrón sustituto, como lo obliga la ley y ya lo había determinado el Segundo Tribunal Colegiado.
¿DEBIDO PROCESO?
En su resolución final de la demanda 1337/2010 el Colegiado indica que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje indebidamente consideró procedente aprobar la terminación de las relaciones laborales, tanto colectivas como individuales, por existir supuestamente una causa de fuerza mayor o caso fortuito, sin advertir que el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro, se sostuvo en la incosteabilidad financiera, además de que no advirtió que al utilizar la CFE los bienes de la extinguida, resultó beneficiaria y por ende patrón sustituto. La sentencia definitiva —que consta de 449 fojas— es contundente, al indicar que no hubo tal causa de fuerza mayor y no tienen que darse por terminadas las relaciones laborales para estos trabajadores y que su patrón sustituto es la CFE.
En su afán de servir al Ejecutivo, la SCJN omitió la argumentación del Tribunal Colegiado y trata de justificar lo que es evidentemente injustificable. Avala un “caso fortuito” y una “fuerza mayor” que son indemostrables.
Todavía más: la Corte, tan proclive a resguardar el debido proceso –si el gobierno federal se lo pide en el caso de una extranjera–, hizo todo lo contario en el caso del SME, pues respaldó y justificó todo el cúmulo de violaciones al propio debido proceso. En realidad, en la liquidación de Luz y Fuerza ni siquiera hubo proceso, sino la imposición autoritaria de la medida. El asunto no se sometió al Consejo de Administración de la propia empresa, ni al Congreso de la Unión, ni se informó al SME; el gobierno federal utilizó al Ejército Mexicano y a los cuerpos policiacos federales como fuerzas de ocupación en las instalaciones de Luz y Fuerza antes de emitir el decreto. No existió debido proceso, ni caso fortuito ni causa mayor, pero sí violaciones a los derechos humanos y agravios a la Constitución. Pero eso a la SCJN no le importó, ocupada como está de acatar sumisamente lo que convenga a las Administraciones Federales.
En poco más de una semana, pues, la SCJN demostró su criterio veleidoso y arbitrario, al defender el debido proceso y los derechos humanos de una ciudadana francesa, Florence Cassez y avalar la violación los correspondientes al debido proceso y los derechos humanos de miles de trabajadoras y trabajadores mexicanos.
A veces legalista, pocas veces justa es esta Corte.
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QMX/fr