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MÉXICO, DF, 22 de agosto de 2014.- El Gobierno de la República define la estructura y las funciones con que habrá de iniciar sus actividades la División de Gendarmería de la policía Federal en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de la Policía Federal, que publica el Diario Oficial de la Federación en su edición de este viernes.
De acuerdo con el decreto, la División de la Gendarmería tendrá la obligación de “generar condiciones de seguridad pública mediante el despliegue operativo que realice… ante la presencia de la delincuencia organizada o al alto índice delictivo, que amenacen la vida, la libertad, la integridad o el patrimonio de los ciudadanos; ante la amenaza contra las fuentes de ingresos de las personas, relacionadas con los ciclos productivos, o ante eventos en los que, por su trascendencia el Comisionado General determine que se requiera de la presencia de esta División para prevenir la comisión de delitos”, señala en su artículo 17 bis.
El decreto establece que el inicio de operaciones de la División de Gendarmería “no requerirá recursos adicionales para tales efectos y no incrementará su presupuesto regularizable para el presente ejercicio fiscal”, por lo que la Policía Federal tendrá que operar su implementación con los recursos” disponibles aprobados por el Congreso de la Unión.
Por otra parte, el decreto entra en vigor este mismo viernes, por lo que la publicación del Decreto sirve de antecedente para la presentación de la División de la Gendarmería, que se realizará este viernes en la trigésima sexta reunión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, que será presidida por el presidente Enrique Peña Nieta.