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MÉXICO DF, A 19 de octubre de 2014.- Un presunto caso de abuso de autoridad en ciudad de México puede estar detrás de la denuncia hecha por Martha Preciado, quien acusa que funcionarios de la Delegación Iztapalapa intentan despojarla a ella y a su familia del jardín doméstico de su vivienda.
Las autoridades delegacionales señalan que dicho jardín es “de uso común” o parte de la “vía pública”, aun cuando las escrituras de esa propiedad, expone la denunciante, precisan que tal área le pertenece.
Este condominio horizontal, ubicado en la Unidad Habitacional Ejército de Oriente, 2ª Sección de la Delegación Iztapalapa, fue comprado por los padres de Martha Preciado en septiembre de 2002 a un primer propietario, quien a su vez adquirió esta vivienda a través del Fovissste y las mismas escrituras originales otorgadas por el propio Fovissste en sus anexos se señalan que dicha casa tiene jardín.
“Se compra la casa, se señalan los linderos, las colindancias, como viene en la escritura. Está estructurado como tal un área de jardín, ahí viene señalado en la escritura original de Fovissste, como una de las partes integrantes. Consta de tantas partes”, explicó.
Pero aunque las escrituras de este bien inmueble precisan lo anterior, ella presume que un reducido grupo de vecinos, en coordinación con quien fungiera hasta poco como el director jurídico y de Gobierno de esa demarcación, Daniel Cuapio Medina, son los responsables directos de los ataques constantes contra su familia, entre los que se destacan varios actos de intimidación, como el registrado el 9 de octubre.
“Funcionarios de la Dirección Territorial de Cabeza de Juárez, llegaron a mi casa el 9 de octubre. Me presentan una resolución administrativa en la que me dicen que soy ocupante ilegal y que desocupe en tres días y que si no van a venir con uso de la fuerza pública”.
Lo curioso e ilegal de este caso, prosigue, es que la Dirección Territorial de Cabeza de Juárez, “no tiene ninguna jurisdicción aquí. No tiene competencia porque mi colonia no pertenece a esa dirección territorial. Y las direcciones territoriales, (por cierto) no pueden hacer actos de autoridad”.
Daniel Cuapio Medina, hasta hace unos días funcionarios de esa delegación, prosigue Martha Preciado, “en ausencia del delegado dictó este acto, supuestamente lo emite el delegado, pero él firmó en ausencia, usando el poder que le da el delegado para hacer todo esta ilegalidad”.
Pero no sólo hizo eso, también actuó “a instancia de particulares”, asegura. “Lo están impulsando particulares, hay un interés particular”. Sobre este punto Martha Preciado recuerda que justo cuando sus padres adquirieron esa vivienda en 2002, un grupo de vecinos habían invadido ese jardín y lo usaban como propio.
Sin embargo, “cuando nosotros amablemente les dijimos que ahora ya éramos nosotros los dueños, se salieron y agarraron mucho coraje, y uno de ellos, jubilado del Gobierno del Distrito Federal, que se jactaba de tener muchos amigos ahí dentro, nos aseguró que ‘se las íbamos a pagar’”.
Presuntas pruebas falsas
Pero no sólo se ha tratado de acciones de amedrentamiento por parte de autoridades delegacionales de Iztapalapa, expone la denunciante, también los propios funcionarios han presentado pruebas falsas, asegura.
Aunque este caso debió de haber sido llevado directamente ante la Procuraduría Social del Distrito Federal -como instancia competente en la materia- funcionarios de la delegación Iztapalapa, presentaron este caso ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
“Van y presentan una escritura que habla de enormes extensiones de tierra, y que hace mucho tiempo eran del Gobierno del Distrito Federal. Sin embargo es preciso aclarar que cuando tú presentas una escritura tiene que ser muy precisa”, refiere.
“Una escritura que es de tu propiedad, tiene que tener cuáles son las medidas, colindancias, de qué tipo de terreno es y sobre todo, cuando es del Gobierno, debe decir a qué lo está destinando”, explica la también abogada.
Contrario a lo anterior, lo que hicieron fue presentar “una escritura que no tiene relación con este asunto, es decir, presentan otra escritura la cual dice que el régimen de condómino es de la Unidad Ejército Constitucionalista, y dice que las áreas verdes no son comunes y pertenecen al Distrito Federal”.
Pero las pruebas que presentan las autoridades delegacionales, ante el Tribunal Contencioso de lo Administrativo, prosigue Martha Preciado, no pertenecen al condominio en donde yo vivo.
“Cómo es posible que me quieran dar referencia con un acta de condominio que ni siquiera es de aquí de este lugar. El régimen de condominio que se constituye aquí es de Fovissste”, asegura.
Más allá de lo anterior los documentos con los cuales la Delegación Iztapalapa sustenta la propiedad del DF sobre el jardín, son la Escritura Volúmen Número Dos de fecha quince de febrero de mil novecientos setenta y tres.
En contraste con lo anterior, la denunciante presenta el oficio CJSL/DGJEL/DCAN/SAGN/3120/2013, emitido por el titular del Archivo General de Notarías, el cual informa al Juzgado Décimo Tercero de Distrito con Materia Administrativa en el DF, que dicha escritura es inexistente.
Y aunque al final del día, el Tribunal de lo Contencioso decidió que la Delegación Iztapalapa sí era competente para analizar este caso, también determinó que la escritura en la que se expone la existencia de ese jardín sí es propiedad de la familia de Martha Preciado.
Pero entonces, ante la resolución emitida por el Tribunal de lo Contencioso, la Delegación Iztapalapa nuevamente ha vuelto a la carga, pese a que ya existe un fallo al respecto, e insiste en quitar el bien a la familia Preciado.
“El delegado se apega a esta facultad en donde la sentencia dice que sí es competente, y dice ‘a pues yo repito el acto’ (el juicio)”. Sin embargo, remarca la denunciante, para reabrir un juicio así, la Delegación Iztapalapa “debería de presentar nuevas pruebas, nuevas evidencias”, y que dichas evidencias sean confiables, expone. Es decir, tendría que iniciar un Juicio de Lesividad.
“Para poder hacer un despojo como el que ellos quieren hacer de manera legal tienen que iniciar un juicio de lesividad, que acate ese cumplimiento de sentencia, tienen que tumbar lo que ya se decidió, que sean pruebas plenas, con documentos auténticos”, finaliza.