Mujeres en lucha contra la violencia
MÉXICO, DF, 14 de noviembre de 2014.- La principal modificación realizada al nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) es el fortalecimiento del enfoque preventivo de accidentes y enfermedades laborales, en lugar del punitivo, que sólo sanciona a las empresas que no cumplan con las disposiciones, afirmó el Subsecretario de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), José Adán Ignacio Rubí Salazar.
El funcionario enfatizó que el Reglamento establece disposiciones que permitirán fortalecer el enfoque preventivo que tanto el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, como el Secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, han indicado de manera permanente y reiterada.
“Lo que se busca es prevenir que se presenten accidentes y enfermedades de trabajo, que como lo sabemos, resultan en todos los sentidos mucho más dañinas y mucho más costosas de lo que nos puede significar la inversión en materia de prevención de riesgos de trabajo”, puntualizó.
Rubí Salazar detalló que en el Reglamento expedido el 6 de noviembre por el Titular del Ejecutivo, que establece las condiciones para prevenir riesgos y garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en ambientes que aseguren su vida y salud, con base en lo que señala la Ley Federal del Trabajo, se prevén mecanismos para que empresarios y patrones cumplan de manera más ágil sus obligaciones en esta materia.
Entre las disposiciones contempladas en el Reglamento, se obliga a los patrones a contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo, con manuales específicos que orienten la realización de las actividades laborales bajo condiciones seguras y de emergencia, además de constituir una Comisión de Seguridad e Higiene, e informar a los trabajadores sobre los riesgos de su actividad, capacitarlos para la atención de emergencias y proporcionarles el equipo requerido de protección personal.
Por su parte, establece como obligación de los trabajadores designar a sus representantes en la Comisión de Seguridad e Higiene y dar aviso inmediato al patrón y a dicha Comisión sobre las condiciones inseguras que adviertan y de los accidentes de trabajo que ocurran, además de colaborar en la investigación de los mismos.
Los empleados deberán utilizar y conservar en buen estado el equipo de protección personal proporcionado por el patrón, operar en forma segura la maquinaria, equipo y herramientas que tengan asignados y mantener ordenados y limpios sus lugares de trabajo y áreas comunes.
También exige a los empleadores colocar en lugares visibles del centro de trabajo los avisos o señales para informar, advertir y prevenir riesgos, además de presentar los avisos relacionados con el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas.