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MÉXICO, DF, 15 de marzo de 2015.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) conoció el fallo del Juzgado Décimo primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, quien negó el amparo promovido por la empresa Química Central S.A. de C.V y ratificó la clausura temporal total que le impuso esta dependencia el pasado día 4 de junio del 2014, informó la dependencia federal a través de un comunicado.
El juez de la causa reiteró la legalidad de la medida de seguridad impuesta por la máxima autoridad ambiental ante el incumplimiento de diversas obligaciones en el manejo de residuos peligrosos y para la remoción total de por lo menos 300 mil toneladas de residuos peligrosos indebidamente manejados y dispuestos durante su operación por varias décadas.
El nuevo fallo judicial deja en claro que la Profepa no contravino los derechos constitucionales del particular responsable de la empresa, ubicada en el municipio de San Francisco del Rincón, estado de Guanajuato, y convertida en uno de los principales pasivos ambientales en el país.
La Profepa determinó el día 4 de junio de 2014 imponer como medida de seguridad la clausura temporal total a la empresa Química Central, S.A. de C.V., derivado de la existencia de un caso de riesgo inminente para el medio ambiente, y del manejo y disposición inadecuada de residuos peligrosos.
Dicha medida prevalecerá hasta que se cumpla con las medidas correctivas impuestas en los plazos establecidos.
Es por eso que la empresa solicitó un amparo y la protección de la Justicia Federal ante el Juzgado Décimo Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, por la medida impuesta por la Profepa.
El amparo promovido únicamente ordena a esta Procuraduría justificar las medidas correctivas impuestas y las razones por las cuales se impusieron los diversos plazos enunciados en el mismo. La sentencia definitiva fue recibida por la Procuraduría el 13 de marzo del 2015.