Avanza al Pleno del Senado ampliación de prisión preventiva oficiosa
MÉXICO DF, 22 de abril de 2015.- Al desechar las reservas de ocho artículos reservados por 31 senadores; tres transitorios y cuatro adiciones, el Pleno del Senado de la República –a los dos minutos de este miércoles– aprobó la reforma constitucional que crea el nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, con lo que pasará a los Congresos locales para su aval.
De acuerdo con el proceso legislativo, el Sistema Nacional Anticorrupción deberá ser aprobado en las Cámaras de Diputados de al menos 16 estados para dar paso a su promulgación
Con el dictamen aprobado, el Sistema Nacional Anticorrupción será un engranaje coordinado entre las autoridades de todos los niveles de gobierno, encargados de prevenir, detectar y sancionar responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos.
Entre sus facultades estará la de medir y evaluar el desempeño de los servidores públicos, con base en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, para lo que establece la creación de un Comité Coordinador, que delimitará los mecanismos de coordinación con los sistemas locales y emitirá recomendaciones a las autoridades para prevenir faltas administrativas y actos de corrupción, entre otras.
La reforma constitucional asimismo faculta al Congreso para expedir una Ley General para el Sistema Nacional Anticorrupción y fortalece a la Auditoría Superior de la Federación para ampliar la revisión del ejercicio de recursos en el país.
«La Auditoría podrá revisar en tiempo real los ejercicios fiscales en curso con el objeto de investigar y sancionar oportunamente irregularidades administrativas», explicó la senadora del PRI, Lilia Merodio.
Podrá también auditar ejercicios fiscales anteriores, para evitar la impunidad de las faltas cometidas por funcionarios en el pasado y tendrá la capacidad de promover sanciones a los servidores públicos que incurran en irregularidades.
Habrá fiscalización directa de la Auditoría sobre los recursos federales transferidos a entidades federativas y municipios, así como del ejercicio de los recursos provenientes de la deuda pública local cuando ésta tenga garantía de la federación, aunada a la revisión de recursos federales que se destinen y ejerzan a través de fideicomisos, fondos y mandatos, tanto públicos como privados.
El Senado de la República tendrá la facultad de ratificar el nombramiento del Secretario de la Función Pública, con el objetivo de garantizar su imparcialidad, mientras a los titulares de los órganos de control interno los designará la Cámara de Diputados y a los magistrados del Tribunal el presidente de la República y serán ratificados por este Senado.
Entre las obligaciones, se obliga a los servidores públicos a presentar su declaración patrimonial y declaraciones de intereses a fin de prevenir el tráfico de influencias y el enriquecimiento ilícito y en casos de la comisión de este delito, las autoridades podrán recuperar los bienes producto de la corrupción, a través de la extinción de dominio, para disponer de ellos en beneficio de la sociedad.