Denuncia oposición que Morena legisla por medio de fe de erratas
MÉXICO DF, 29 de abril de 2015.- Luego de que fuera aprobada en Comisiones, la minuta de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, que busca regular las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, del Código Federal de procedimientos penales y de la ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, será presentada al Pleno del Senado de la República para su Primera Lectura.
De acuerdo con el procedimiento legislativo, con la Primera Lectura se está dando recepción en el Pleno de la Cámara Alta para discutirse mañana.
Entre los objetivos plasmados en el dictamen se prevé que se continúe con el fomento del ahorro formal, principalmente en aquellos pequeños ahorradores, al tiempo que se protege la confianza que éstos depositan en las entidades, privilegiando la salvaguarda de su patrimonio en todo momento.
“De manera paralela, es igualmente indispensable fortalecer el régimen de vigilancia y facultades de las autoridades respecto de la gestión de los negocios y los depósitos que las personas del sector social efectúan en las instituciones cuyo fin primordial es facilitarles el acceso a los servicios financieros”, resalta el documento aprobado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público del Senado.
En la legislación aprobada en San Lázaro la semana pasada se incorpora un plazo transitorio para que las sociedades financieras comunitarias puedan solicitar a la Comisión Nacional Bancaria de Valores autorización para operar como sociedad financiera popular, así como la eliminación de los Organismos de Integración Financiera Rural.
Suprime la función de supervisión auxiliar de las sociedades financieras populares por parte de las Federaciones, sin perjuicio de que puedan continuar prestando servicios de valor agregado como organismos autorregulatorios.
Eliminar los niveles de operaciones de las sociedades financieras populares y se establece un catálogo único de operaciones y servicios y se ajusta la Ley para diferenciar la regulación de éstas en función de las operaciones que realicen y con una regulación de capitalización con un enfoque basado en riesgos.
Actualiza el sistema de acciones correctivas tempranas, con conceptos alineados a las mejores prácticas nacionales e internacionales y robustece las facultades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para decretar la intervención de las sociedades.
Crear un “Fondo de Ahorro Popular” para la administración del seguro de depósitos y extinguir el “Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores” vigente.
Aumenta las penas pecuniarias y privativas de la libertad en determinados tipos penales e incluir nuevas conductas que se considerarían delictivas, al tiempo de establecer responsabilidades para los accionistas y crear un fondo en beneficio de los depositantes de las sociedades financieras populares, actualmente en estado de disolución y liquidación, a efecto de que recuperen un importe adicional al seguro de depósitos.
Aunado a esto precisa límites a los montos totales que pueden recibir las Sociedades Financieras Populares mediante depósitos de dinero a la vista, de ahorro, a plazo, retirables en días preestablecidos y retirables con previo aviso.