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MÉXICO, DF, 11 de mayo de 2015.- La Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación informó a la Cámara de Diputados sobre la promoción del etiquetado de alimentos genéticamente modificados que realiza la Secretaría de Economía, apegados a los principios, objetivos y preceptos de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM).
Con base en un punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la dependencia federal remitió un documento para hacer del conocimiento que desde el 30 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/BIO-2014, “Especificaciones generales de etiquetado de organismos genéticamente modificados” (NOM).
El oficio número SELAP/UEL/311/124/15 publicado en la Gaceta Parlamentaria detalla sobre la NOM, la cual tiene el objetivo principal de establecer las especificaciones generales que debe cumplir el etiquetado de organismos genéticamente modificados, cuyo campo de aplicación son las semillas o el material vegetativo destinados a siembra, cultivo y producción agrícola, las personas físicas o morales que realicen actividades con organismos genéticamente en el territorio nacional.
Precisa que la NOM fue emitida por el Subcomité de Bioseguridad, Productos Orgánicos y Bioenergéticos del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria, coordinado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), el cual es un órgano colegiado encargado de proponer, analizar y desarrollar los anteproyectos de NOM en materia de bioseguridad de organismos genéricamente modificados, producción orgánica y bioenergéticos.
En la LBOGM se prevé que a través de las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Salud con la de Economía, se regirán las disposiciones referentes al envasado de organismos genéticamente modificados y de productos que lo contengan para uso o consumo humanos.
Aunado a lo anterior, la LBOGM establece en el artículo 101 la necesidad de contar con NOM que regulen el etiquetado de los organismos genéticamente modificados o productos que contengan organismos genéticamente modificados, por lo que la SE colaborará con el Comité Consultivo Nacional de Prevención y Control de Enfermedades de la Secretaría de Salud para la emisión, en su momento, de las normas oficiales mexicanas en la materia referida.