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México, DF., 24 de junio.- Las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolverán la procedencia de las diferentes causales de nulidad que se han hecho valer en los juicios de inconformidad derivados de los resultados de la elección del 7 de junio.
Los magistrados presidentes de dichas instancias jurisdiccionales explicaron que las tres nuevas causales de nulidad establecidas en la reciente reforma político-electoral para solicitar la invalidez de los resultados de la elección son: el rebase en el tope de gastos de campaña fijado por la autoridad electoral en un porcentaje superior a 5 por ciento, la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión y la utilización de fuentes de financiamiento ilícitas.
Janine Madeline Otálora Malassis, Marco Antonio Zavala Arredondo, Adín Antonio de León Gálvez, Juan Carlos Silva Adaya y Clicerio Coello Garcés, presidentes de las salas regionales Distrito Federal, Monterrey, Xalapa, Toluca y Especializada, respectivamente, manifestaron que tendrán que definir los requerimientos específicos que pueden provocar la invalidez del resultado de la elección, como la sola invocación del rebase en el tope de gastos de campaña y otras.
Son 499 juicios donde se hace valer alguna de las nuevas causales de nulidad.
Marco Antonio Zavala Arredondo, presidente de la sala regional de Monterrey, dijo que actualmente hay alrededor de 499 juicios en los que se está haciendo valer alguna de las causales de nulidad comentó que a partir de las sentencias que emita cada una de las salas y los criterios que adopte la Sala Superior se definirá cómo operarán las nuevas causales de nulidad dentro de nuestro entorno normativo, organizacional e institucional.
Los juicios fueron presentados en contra de los diputados federales de mayoría relativa.
En tanto, Janine Madeline Otálora, presidenta de la sala regional del Distrito Federal, explicó que actualmente las salas están revisando los juicios de inconformidad en contra de las elecciones de diputados federales de mayoría relativa y, posteriormente, atenderán las impugnaciones de las elecciones locales que se prevé sean presentadas en agosto.
La procedencia de causales de nulidad modifica los resultados del cómputo.
Juan Carlos Silva Adaya, de la sala regional de Toluca, señaló que la causa de nulidad de la votación se puede presentar en una o en varias casillas, lo que puede ocasionar la modificación del cómputo, y como consecuencia, la revocación de la Constancia de Mayoría que otorgan los consejos distritales a una fórmula de diputado de mayoría relativa.
TEPJF última instancia en elecciones locales
Adín Antonio de León Gálvez, de la sala regional de Xalapa, precisó que si bien en estas semanas las salas se avocarán a resolver los juicios de inconformidad en contra de los resultados en la elecciones para integrar la Cámara de Diputados; una vez que los tribunales locales resuelvan las impugnaciones relacionadas con los comicios para elegir Gobernador e integrar Ayuntamientos y Congresos locales, el TEPJF, como máxima autoridad jurisdiccional electoral en el país, podrá conocer de las inconformidades que persistan a través del juicio de revisión constitucional.
En su oportunidad, Clicerio Coello Garcés, detalló que el órgano jurisdiccional que preside continua resolviendo todas las denuncias que se presentaron por la adquisición de tiempos en radio y televisión, antes, durante y después de la jornada electoral.