Lamenta MC opacidad del estado administrativo en La Magdalena Contreras
MÉXICO, DF., 2 de julio de 2015.- Con la resolución de algunos de los 499 juicios de inconformidad no termina el litigio sobre la votación distrital y consecuentemente el ganador del mismo, pues los candidatos a diputados federales todavía pueden impugnar eventualmente ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a través de los recursos de reconsideración.
Como consecuencia de lo anterior, la Cámara de Diputados se integraría sin aquellos legisladores que se encuentren en procesos de impugnación ante el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral, explicó el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello.
Luego de su regreso al país tras su gira de trabajo por Washington y Nueva York sobre el reciente proceso electoral, Lorenzo Córdova acudió este jueves 2 al Palacio Legislativo de San Lázaro para dar seguimiento a la entrega de las Constancias de Mayoría Relativa, como parte del proceso de renovación de la Cámara de Diputados hacia la constitución de la 63 Legislatura.
Ahí, el consejero presidente dijo a Quadratín México que aunque el número de impugnaciones de juicios de inconformidad no variará, que la Cámara baja se integre con la protesta de menos de 500 diputados, el próximo primero de septiembre, no impide el funcionamiento del Congreso, como ya ha ocurrido en el pasado.
Existen dos vías legales para que los partidos políticos y las coaliciones se inconformen con los resultados de las elecciones: el juicio de inconformidad y el recurso de reconsideración.
Este último recurso se considera como una segunda instancia del juicio de inconformidad y puede ser interpuesto únicamente dentro de la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones.
La Sala Superior del TEPJF es la única facultada para resolver todos los recursos de reconsideración y tiene como fecha límite el 23 de agosto, para que el Consejo General del INE resuelva y nombre a los diputados de representación proporcional o plurinominales.
El plazo para interponer juicios de inconformidad contra los cómputos distritales de la elección ya venció cuatro días contados a partir del día siguiente a la conclusión de la práctica del cómputo distrital y de la entrega de la constancia de mayoría al candidato electo.
Con las nuevas causales de nulidad que prevé la estrenada reforma electoral, o como consecuencia del trabajo de fiscalización del INE, si se anulara alguna elección de los 499 juicios de inconformidad que se encuentran resolviendo la Sala Regional del TEPJF, la Cámara de Diputados tendría que convocar a una elección extraordinaria en los plazos que determine.
El Consejero Presidente del INE recordó que existen precedentes en 1994 cuando el entonces Tribunal Federal Electoral (TRIFE) anuló dos elecciones de diputados, así como en 2013 lo hizo el TEPJF.
Este viernes se contará con la totalidad de las 300 constancias de mayoría y validez de la elección de diputados federales por el principio de mayoría relativa, así como con la contabilización general del total de juicios de inconformidad presentados y en curso, en las salas regionales del TEPJF.