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MÉXICO, DF, 15 de diciembre de 2015.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró de manera precautoria 4.5 toneladas de carbón vegetal en la carretera federal Tenosique– Emiliano Zapata, en Tabasco, debido a que el transportista presentó irregularidades en la documentación para acreditar la legal obtención de la materia prima forestal, informó la dependencia a través de un comunicado.
La intervención de los inspectores de la Profepa se registró en atención al aviso de un elemento de la Policía Federal (PF), quien detectó posibles inconsistencias en el documento que exhibió el chofer de un camión de redilas que transportaba el carbón vegetal sobre la carretera federal, procedente del municipio de Tenosique con destino a la ciudad de Villahermosa.
Personal de esta dependencia inspeccionó el vehículo y la documentación correspondiente y constató que el responsable transportaba 300 costales de carbón vegetal de aproximadamente 15 kilogramos cada uno, dando un total de 4.5 toneladas de la materia prima forestal.
El transportista mostró el documento que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) sobre el reembarque forestal para acreditar la legal procedencia de las materias primas, sin embargo, el escrito no presentaba el llenado correcto, ya que no se especificó la especie y género que trasladaba. Además, el apartado de saldos también se encontró en blanco.
En consecuencia, se procedió al aseguramiento precautorio, tanto del carbón vegetal, como del vehículo, mismos que quedaron resguardados en las instalaciones de la Delegación de la Profepa en el estado hasta que se defina su situación.
Posteriormente los inspectores levantaron el acta respectiva para determinar la acción administrativa y/o penal correspondiente.
Según la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el utilizar más de una vez, alterar o requisitar inadecuadamente la documentación o sistemas de control establecidos para el transporte o comercialización de recursos forestales se castiga con el equivalente de 100 a 20 mil veces de salario mínimo vigente.
Cabe señalar que de acuerdo al Artículo 419, del Código Penal Federal, se establece que a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal, se le impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa.