Sinaloa: De 406 privados de la libertad en últimos 80 días, 50 sin vida
MÉXICO, DF., 9 de enero de 2016.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 51/2015, dirigida al Gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas, por la inadecuada atención médica y violencia obstétrica, atribuibles al personal médico del Hospital General de Acatlán de Osorio, dependiente de la Secretaría de Salud de esa entidad federativa, que tuvieron lugar en 2014 en agravio de una mujer con 40.3 semanas de embarazo.
A través de un comunicado, la CNDH explicó que luego de examinar las evidencias integradas en el expediente CNDH/4/2014/2848/Q, esta Comisión Nacional acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de la madre y el producto del embarazo; a vivir una vida libre de violencia obstétrica y al trato digno de la agraviada, así como a conocer la verdad sobre la atención médica que se otorgó a la mujer por la inadecuada integración del expediente clínico.
Por ello, la CNDH pidió al Gobierno de Puebla reparar el daño ocasionado a la madre, que incluya una indemnización o compensación y se le otorgue atención médica y psicológica con oportunidad, calidad y calidez, que le permita restablecer su salud física y emocional, además de dotar al hospital en cuestión de personal capacitado y suficiente, así como de equipo médico necesario.
Adoptar medidas efectivas para garantizar que los expedientes clínicos estén debidamente integrados; que el personal médico se certifique y recertifique ante los Consejos de Especialidades Médicas; impartir cursos de capacitación y formación en derechos humanos enfocados a evitar y prevenir la violencia obstétrica, así como del conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales.
Señaló que el 16 de abril de 2014, la agraviada acudió a las 8 de la mañana al Hospital General de Acatlán de Osorio, por encontrarse en trabajo de parto, siendo atendida por un interno de pregrado y un médico, suscitándose el alumbramiento del bebé después de las 20 horas, sin embargo, debido a la prolongación del parto, el recién nacido presentó asfixia y un paro cardiorrespiratorio; permaneció internado hasta el 26 de abril, cuando se determinó su traslado al Hospital del Niño Poblano, en la capital de la entidad, donde falleció el 16 de mayo.
La agraviada relata que el interno de pregrado le practicó 3 revisiones de cavidad, negándose a llevar a cabo la cesárea, aduciendo la falta de anestesiólogo y que su dilatación era sólo de 8 centímetros.
Días después de los hechos, un sitio electrónico de la entidad difundió la información de este caso, por lo que este Organismo defensor lo atrajo, al considerar que la protección de la salud es un derecho elemental, particularmente para las mujeres durante el embarazo y para los recién nacidos, a quienes se debe garantizar un servicio oportuno, con calidad, calidez y perspectiva de género, por lo que se radicó de oficio.