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MÉXICO, DF., 15 de enero de 2016.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) informar a una particular la fecha en la que le serán devueltos el total de los depósitos hechos al Banco Bicentenario S.A., I.B.M.
El organismo explicó que el comisionado ponente Joel Salas Suárez señaló que en julio de 2014, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) revocó la autorización al Banco Bicentenario para operar como institución de banca múltiple, por lo que entró en proceso de liquidación y, en ese momento, dio a conocer que los depósitos de sus 267 ahorradores estaban protegidos y les sería devueltos, mediante un seguro, por el IPAB.
Afirmó que este caso es un claro ejemplo de cómo los derechos tutelados por el INAI pueden servir a las personas para hacer valer otros derechos, como el de los ahorradores del Banco Bicentenario a recuperar su dinero.
“El derecho de acceso a datos personales está salvaguardado constitucionalmente, pero es poco conocido. Por ello, es crucial implementar estrategias para difundirlo y que los sujetos obligados estén al tanto de la normatividad correspondiente y cuenten con personal capacitado para garantizarlo en todo momento”, sostuvo.
Joel Salas destacó que, en el caso concreto, el derecho de acceso a datos personales dará certeza al particular de la fecha en que podrá recuperar sus ahorros.
El 09 de octubre de 2015, una particular acudió a las oficinas del IPAB para solicitar el reintegro total de los depósitos que realizó al Banco Bicentenario, S. A., argumentando que no le fue notificada la fecha en que le serían devueltos.
Ante la falta de respuesta del IPAB, la solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que requería saber cuándo le sería pagado el total de los depósitos realizados al banco mencionado.
En alegatos, el IPAB precisó que no atendió la solicitud por las siguientes razones: 1) no se presentó de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley Federal de Transparencia; 2) al ser entregada directamente en sus oficinas, tampoco se fundamentó en el Manual Administrativo de Aplicación General, y 3) no se recibió una solicitud de acceso a documentos que obran en sus archivos.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Joel Salas, se advirtió que si bien la particular fundamentó su solicitud en el artículo 8° constitucional, de la lectura se desprende que se trata de una solicitud de acceso a datos personales, la cual debió atenderse, de conformidad con Ley Federal de Transparencia.
Se determinó que el IPAB debió interpretar adecuadamente y dar trámite a la solicitud, indicando que la fecha prevista para iniciar el pago a los ahorradores del Banco Bicentenario, S. A. es el 24 de julio de 2014, como lo publicó en su portal de internet.