Destinará Brugada 100 mdp para la salud mental en 2025
CIUDAD DE MÉXICO, 31 de marzo de 2016.- El Pleno de San Lázaro aprobó en lo general y en lo particular una reforma a la Ley General de Salud para que los servicios destinados a la atención materno–infantil establezcan al menos un banco de leche por cada entidad federativa.
El dictamen que reforma la fracción Segunda Bis del artículo 64 de la citada legislación en materia de bancos de leche, obliga a las autoridades sanitarias competentes a prestar este derecho en alguno de sus establecimientos que cuente con servicios neonatales.
En votación nominal se avaló por unanimidad de 422 votos a favor de los presentes, que en un plazo de no más de 180 días hábiles –contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto– la Secretaría de Salud (SSA) establezca la normatividad para la instalación y funcionamiento de los bancos de leche humana.
Asimismo, las acciones que deban realizar las entidades federativas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto, en términos de la normatividad que la Secretaría de Salud emita para tal efecto, deberán sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en sus presupuestos.
El dictamen aprobado con las modificaciones realizadas a la minuta devuelta por la Cámara de Senadores y remitido al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, establece que las acciones que deberán realizar los estados para dar cumplimiento a lo dispuesto en el decreto.
En términos de la normatividad que la Secretaría de Salud emita, las entidades federativas deberán sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines.