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CIUDAD DE MÉXICO, 9 de abril de 2016.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó este sábado un informe sobre criminalización de defensores de derechos humanos, donde exponen y analizan el problema del uso indebido del derecho penal por parte de actores estatales y no estatales en perjuicio de la labor de defensores de derechos humanos.
El informe señala que el uso indebido del derecho penal ocurre con mayor frecuencia en contextos donde existen tensiones o conflictos de interés con actores estatales y no estatales, como en los casos de comunidades donde ocupan tierras de interés para el desarrollo de mega-proyectos y la explotación de recursos naturales.
El documento, aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 31 de diciembre de 2015, exhibe el problema donde los defensores son sujetos a procesos penales sin fundamento con el fin impedir y así deslegitimar las causas que defienden.
Señala que el freno a la labor de los activistas también ocurre en contextos de protesta social durante o con posterioridad al desarrollo de una manifestación, bloqueo, plantón o movilización por el simple hecho de haber participado de forma pacífica en la misma.
La CIDH explica en el informe que ha tomado conocimiento del uso indebido del derecho penal en contra de defensores y defensoras luego de interponer denuncias en contra de funcionarios públicos.
En el informe, la CIDH emite una serie de recomendaciones a los Estados para responder y prevenir al uso indebido del derecho penal en contra de los defensores de derechos humanos.
La CIDH insta a los Estados a reconocer la importancia de la labor de los defensores de derechos humanos en las sociedades democráticas.
Hace un llamado a reformar sus leyes y políticas, con el fin de que su contenido refleje el principio de legalidad, y de que su generalidad y sus disposiciones no sean utilizadas para criminalizar la labor de defensa de los derechos humanos.
“Los Estados también tienen la obligación de adoptar medidas razonables para asegurar que los funcionarios públicos actúen de conformidad con el principio de legalidad y apliquen el derecho de forma consonante con los principios internacionales de los derechos humanos”, puntualiza.
Pronunciamiento de funcionarios
La Comisión hace mención de declaraciones y pronunciamientos emitidos por autoridades estatales “con el fin de incriminar a las y los defensores por hechos sobre los que no existirían procesos en curso o que no habrían sido determinados judicialmente”.
“En ocasiones funcionarios públicos han emitido declaraciones que estigmatizan a las y los defensores a pesar de que estos han sido absueltos en el marco de los procesos penales”, señala.
Incluso afirma que en algunos países del continente autoridades públicas y medios de difusión estatales calificarían a las y los defensores como terroristas, enemigos del Estado, adversarios políticos, delincuentes, conspiradores, enemigos del desarrollo, eco-terroristas, contra-revolucionarios, entre otros calificativos.
El informe íntegro AQUÍ