Ejecutan 3 órdenes de aprehensión por caso de Diana Sánchez Barrios
CIUDAD DE MÉXICO, 2 de julio de 2016.- Con base en las evidencias que la Procuraduría General de Justicia (PGJ) capitalina presentó durante el juicio contra José Manuel Hernández García, por el delito de privación de la libertad, en su modalidad de secuestro exprés agravado, en perjuicio del conductor de un automóvil, el Juez 23 Penal lo sentenció a 55 años de cárcel y al pago de una multa superior a los 314 mil pesos.
Antecedentes de los hechos, registrados en la partida 125/2015, según un comunicado, indican que el 21 de julio de 2015 el denunciante se encontraba a bordo de un vehículo Nissan tipo Tiida, color negro, estacionado en la calle Cutberto Arroche, colonia Santa Martha Acatitla, delegación Iztapalapa, cuando se acercó el imputado con otras dos personas, entre ellas un menor de edad, agrediéndolo y amenazándolo de manera verbal.
Después de pasar al afectado a la parte trasera del vehículo, los probables responsables subieron y pusieron en marcha el auto. Durante el trayecto, los delincuentes despojaron al ofendido de dinero en efectivo y dos tarjetas de bancarias, obligándolo a proporcionar los números de identificación personal de los plásticos.
Luego de tenerlo unos minutos privado de la libertad, lo bajaron en una calle cercana a la calzada Ignacio Zaragoza, huyendo en la propia unidad.
El agraviado solicitó la ayuda de elementos policiacos, quienes dieron la alerta de robo del automotor, siendo detectado cuando circulaba sobre la Calle 20 y Séptima Avenida, del municipio de Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, por lo que le marcaron el alto, deteniendo a José Manuel y al menor de edad. El tercer copartícipe sigue prófugo.
El indiciado quedó a disposición del Ministerio Público que, con las pruebas recabadas y la imputación directa, determinó consignarlo ante un juez del Reclusorio Preventivo Oriente, mientras que su cómplice fue trasladado a la Agencia del Menor.
El proceso sobre el que informa este comunicado se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolló de acuerdo al sistema tradicional o mixto.