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CIUDAD DE MÉXICO, 20 de agosto de 2016.- Al concluir el proceso contra Efrén Gerardo López Niño, en el que la Procuraduría General de Justicia (PGJ) capitalina ofreció las pruebas que lo incriminaron, el Juez 50 Penal con sede en el Reclusorio Preventivo Oriente las validó para sentenciarlo a 22 años con seis meses y un día de prisión y multarlo con 97 mil 204 pesos, al encontrarlo responsable de los delitos de lenocinio y trata de personas, por obtener un beneficio económico al obligar a su pareja a ejercer el sexoservicio.
La Subprocuraduría de Procesos informó que, según un comunicado, en la causa 199/2015 se demostró que en enero de 2010 la agraviada conoció al imputado y después de frecuentarse iniciaron una relación de noviazgo; el 6 abril del mismo año, éste le confesó que se dedicaba a la prostitución y le propuso que ambos hicieran lo mismo para reunir dinero.
Para tal propósito, la motivó a que vivieran juntos y pusieran un negocio, situación que la joven aceptó con el argumento de que estaba enamorada, y fue así como tres días después empezaron a comerciar con su cuerpo.
El inculpado se encargaba de conseguir clientes, con quienes la llevó a diversos hoteles y él cobraba los servicios sexuales, de lo que la víctima sólo recibía una tercera parte.
En noviembre de 2010, la mujer quedó embarazada y después de dar a luz, la obligó a continuar ejerciendo la prostitución bajo la amenaza de causarle daño al recién nacido, sin que ella volviera a recibir el pago por prostituirse.
De esa manera, el sentenciado se benefició económicamente del comercio sexual a través de la explotación de la agraviada, quien lo denunció y al ser capturado y consignado, el juez de la causa le dictó la sanción carcelaria y financiera.
El proceso sobre el que informa este comunicado se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolló de acuerdo al sistema tradicional o mixto.