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CIUDAD DE MÉXICO, 17 de septiembre de 2016.- Evidencias presentadas por la Procuraduría General de Justicia (PGJ) capitalina permitieron al Juez 61 Penal dictar sentencia condenatoria de 15 años de prisión contra Omar Martínez García o Rubén Ruiz Gregorio, por el delito de trata de personas, en agravio de una mujer a la que explotaba sexualmente en calles de la delegación Cuauhtémoc.
El juzgador, con sede en el Reclusorio Preventivo Oriente, se añadió en un comunicado, también le impuso una multa de 71 mil 680 pesos y una sanción por reparación del daño moral que se cuantificará a través del incidente de ejecución respectivo.
Antecedentes de los hechos, registrados en la partida 15/2016, señalan que en noviembre de 2015, el inculpado conoció a la afectada en Oaxaca; posteriormente, iniciaron una relación sentimental y decidieron radicar en la Ciudad de México.
Una semana después de haber llegado a la capital, el sentenciado le compró algunas prendas de vestir a su pareja y le dijo que iba a laborar como sexoservidora, la ofendida se negó a trabajar en ese oficio por lo que fue agredida físicamente por su concubino.
Durante un mes, la afectada fue obligada a prostituirse en la calle de Circunvalación, siendo vigilada por el indiciado a quien le entregaba el dinero que recolectaba diariamente.
El pasado 5 de enero, el procesado le comunicó a la agraviada que también iba trabajar en la zona de Sullivan y enseguida salió de la vivienda que rentaban; esto fue aprovechado por la mujer, quien pidió auxilio a vecinos para comunicarse con su familia.
La víctima en compañía de su hermano denunció los hechos ante el agente del Ministerio Público de la Coordinación Territorial CUH-2, quien inició averiguación previa por el delito de trata de personas agravada.
Posteriormente, Omar Martínez García o Rubén Ruiz Gregorio fue detenido y puesto a disposición del representante social, el cual, con las pruebas recabadas y la imputación directa de la afectada, determinó ejercer acción penal en su contra.
El proceso sobre el que informa este comunicado se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolló de acuerdo al sistema tradicional o mixto.