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CIUDAD de MÉXICO., 26 de noviembre de 2016.- La diputada federal del Grupo Parlamentaria del PRD, Tania Victoria Arguijo Herrera, propuso modificar los artículos 33, 995 y 104 bis de la Ley Federal del Trabajo, a fin de tutelar el derecho de las mujeres embarazadas, para que cuando sean despedidas o indemnizadas se notifique a la Procuraduría General de la República y se otorgue legitimidad a las instancias de protección de derechos humanos y de prevención y erradicación de discriminación.
Mediante un comunicado del Grupo Parlamentario del PRD se informó que iniciativa propone otorgar legitimidad a las instancias de protección de derechos humanos y de prevención y erradicación de discriminación, así como las organizaciones que tengan como objeto esta protección quienes tengan la obligación de presentar la denuncia correspondiente ante la PGR, al tratarse de un ilícito contenido en una ley federal.
Se pretende que las conductas ilícitas no queden en mera recomendaciones o traducidas en pago de indemnizaciones, sino que se inhiba esta limitante que la sociedad pone a las mujeres al consolidar un derecho, pero no otorgar instrumentos jurídicos para su ejercicio pleno.
Explicó que el artículo 133, fracciones XIV y XV de la Ley Federal del Trabajo consideran las sanciones aplicables a los patrones que exigen la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, la permanencia o el ascenso en el empleo; o bien despiden a una trabajadora al coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada.
Sin embargo, la legisladora afirmó que las sanciones referidas no han sido suficientes para tutelar el derecho de las mujeres ni para inhibir y, mucho menos, desterrar estos abusos hacia las mujeres.
Argumentó que la discriminación contra la mujer trasgrede los principios de equidad de género, así como los derechos humanos, situación que dificultad su participación en las mismas condiciones que el hombre en la vida política, social, económica y cultural nacional y estatal, constituye además un obstáculo para el aumento del bienes de la sociedad y de la familia.
Arguijo Herrera dijo que existe una problemática de la administración de justicia al momento de que una mujer pretende hacer valer sus derechos ante la autoridad jurisdiccional en materia laboral. Ante la afirmación de un despido por una trabajadora embarazada, usualmente el patrón se excepciona negando el mismo y argumentado que ésta renunció a su empleo.
Señaló que es común apreciar que esas renuncias se encuentran formuladas en formatos prestablecidos, en cuya redacción se establece que no existe adeudo alguno en favor del trabajador, relacionado con el pago de salarios devengados, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, séptimos días, días festivos y otras prestaciones relacionadas con el vínculo laboral.
Por tanto, la propuesta legislativa que se pone a consideración de la Cámara de Diputados es la siguiente: se propone que los patrones que hayan de liquidar a una trabajadora embarazada, necesariamente tengan que realizar este trámite ante los tribunales laborales competentes, con la finalidad de que el servidor público encargado de la conciliación realice una entrevista a efecto de estar en condiciones de cerciorarse que la renuncia o separación de la fuente laboral es legal y tiene el consentimiento de la embarazada.