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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de abril de 2017.- El pleno del Senado de la República aprobó de manera exprés este miércoles el nuevo ordenamiento legal que se conocerá como Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
De esta forma se reforman, adicionan y derogan algunas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de Extradición Internacional.
Los legisladores aprobaron apenas este martes –en menos de cinco minutos– la minuta que entregó la Cámara de Diputados también de manera unánime.
El nuevo instrumento jurídico establece los tipos penales y las sanciones respectivas a la comisión del delito de la tortura y otros tratos o penas crueles, “aceptando las modificaciones propuestas por la Cámara de Diputados».
La nueva Ley establece que ningún funcionario público “podrá intervenir en su carácter de autoridad en el procedimiento penal en el que la víctima sea parte, o en el que la víctima de los delitos previstos en este Ley tenga el carácter de imputado.
“La investigación del delito de tortura se iniciará de oficio sólo o a petición de parte cuando emita vista la autoridad judicial, siempre que ésta advierta un menoscabo en la integridad física del imputado; o que éste lo manifieste y se cuente con elementos objetivos o evidencia razonable que hagan suponer que fue torturado”, expresa.
El documento fue enviado al jefe del Poder Ejecutivo para su publicación, después de ser aprobado de manera unánime con 90 votos de los senadores presentes, de los 128 que conforman el pleno parlamentario.