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CIUDAD DE MÉXICO, 28 de abril de 2017.- Luego de varios meses de trabajo, por fin, este viernes, durante la última sesión del segundo período ordinario de sesiones, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló en sus términos con 366 votos a favor, dos en contra y una abstención, la minuta del Senado que expide la primera Ley General de Cultura y Derechos Culturales, y la remitió al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Esta Ley de Cultura está integrada por 42 artículos divididos en cinco títulos, y tiene como objetivo reconocer y promover los derechos culturales, además de establecer los mecanismos de acceso y participación de las personas y comunidades a las manifestaciones culturales.
Consigna las bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de política-cultural, donde podrán participar los sectores social y privado.
Señala como derechos culturales al conjunto de éstos que, además del acceso a la cultura y el disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, han sido reconocidos en diversos acuerdos internacionales de los que forma parte el Estado mexicano.
Establece que para garantizar el ejercicio de los derechos culturales, se deben fomentar acciones que promuevan el acceso libre a las bibliotecas públicas, la lectura y la celebración de convenios con instituciones privadas, para obtener descuentos para el acceso a bienes y servicios culturales como los museos.
Así como a la realización de eventos artísticos y culturales gratuitos en escenarios y plazas públicas, la educación, formación de audiencias y la investigación artística y cultural, entre otros.
“Los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, desarrollarán acciones para investigar, conservar, proteger, fomentar, formar, enriquecer y difundir el patrimonio cultural inmaterial, favoreciendo la dignificación y respeto de las manifestaciones de las culturas originarias”, señala el documento.
También se establece que tanto el Ejecutivo federal como los estados, en el ámbito de sus competencias, promoverán la difusión de la legislación en las lenguas vivas de los pueblos originarios del país.