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CIUDAD DE MÉXICO, 20 de octubre de 2017.- El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) avaló la procedencia de siete solicitudes de registro de igual número de aspirantes a candidatas y candidatos sin partido a la Jefatura de Gobierno.
Con ello, se añadió en un comunicado, suman 11 las y los aspirantes con el aval del IECM para buscar su candidatura sin partido a dicho cargo público, luego de que en sesiones anteriores se declaró la procedencia de cuatro solicitudes.
Tras la aprobación de sus solicitudes, son 4 mujeres y 7 hombres quienes están en posibilidad de llevar a cabo las actividades tendentes a recabar las más de 74 mil 500 firmas de apoyo ciudadano, equivalentes al uno por ciento de la Lista Nominal de la Ciudad de México, requeridas para respaldar su postulación y obtener una candidatura sin partido a dicho cargo público.
En el acuerdo del Consejo General, se determinó además la improcedencia de 3 solicitudes de aspirantes a una candidatura sin partido para el mismo cargo.
Las solicitudes procedentes son de las y los siguientes aspirantes:
El acuerdo indica que esas 7 solicitudes fueron presentadas en el plazo legalmente previsto, y cumplen con los requisitos legales.
Las otras cuatro solicitudes avaladas previamente son las de Xavier González Zirión, Hugo Rodríguez Barroso, Lorena Osornio Elizondo y Humberto García Montes.
En tanto, las solicitudes improcedentes fueron presentadas por:
El Consejero Electoral Mauricio Huesca Rodríguez explicó que en el caso de Luege Tamargo, a pesar de que presentó copia del acuse de su renuncia al partido político en que militaba, no acreditó que dicha dimisión se haya realizado por lo menos un año antes de la fecha prevista para el registro de las candidaturas a la Jefatura de Gobierno, lo cual incumple lo previsto en el artículo 27, apartado A, numeral 1 de la Constitución local, y 310, párrafo segundo del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales.
“El acuerdo se sustenta en que no podemos, como autoridad administrativa electoral, hacer un estudio de inaplicación de ambas disposiciones. Por tanto, estamos obligados a aplicar la norma en los términos en los que el legislador de la Ciudad de México lo determinó”, enfatizó Huesca Rodríguez.
En cuanto a las solicitudes de Vargas Trejo y Olivares Romero, el acuerdo señala que a ambos ciudadanos se les otorgó un plazo de 48 horas para subsanar omisiones detectadas, pero no contestaron el requerimiento formulado; por tanto, se advierte que no cumplen con la totalidad de los requisitos previstos en la normativa electoral.