Redacción/Quadratín México
CIUDAD DE MÉXICO, 25 de octubre de 2017.- La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad los topes máximos de gastos de precampaña y campaña para Presidente, senadurías y diputaciones, correspondientes al Proceso Electoral Federal 2017-2018.
Con el establecimiento de estos topes, añadió en un comunicado, se busca generar condiciones de equidad en la contienda electoral, en lo relativo a los gastos que realizarán los partidos políticos, sus militantes y precandidatos, candidatos y simpatizantes, para la obtención del voto durante los procesos electorales.
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos |
$67,222,417 |
$429,633,325 |
Diputaciones |
$252,008 |
$1,432,111 |
Por fórmula de Senadurías |
|
$672,224 |
$4,296,333 |
|
$1,792,598 |
$11,456,888 |
|
$448,149 |
$2,864,222 |
|
$448,149 |
$2,864,222 |
|
$1,568,523 |
$10,024,777 |
|
$448,149 |
$2,864,222 |
|
$2,688,897 |
$18,617,443 |
|
$2,016,673 |
$12,888,999 |
|
$4,481,494 |
$28,642,220 |
|
$896,299 |
$5,728,444 |
|
$3,137,046 |
$21,481,665 |
|
$2,016,673 |
$12,888,999 |
|
$1,568,523 |
$10,024,777 |
|
$4,257,420 |
$28,642,220 |
|
$4,481,494 |
$28,642,220 |
|
$2,688,897 |
$17,185,332 |
|
$1,120,374 |
$7,160,555 |
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$672,224 |
$4,296,333 |
|
$2,688,897 |
$17,185,332 |
|
$2,464,822 |
$14,321,110 |
|
$3,585,196 |
$21,481,665 |
|
$896,299 |
$7,160,555 |
|
$672,224 |
$5,728,444 |
|
$1,568,523 |
$10,024,777 |
|
$1,792,598 |
$10,024,777 |
|
$1,568,523 |
$10,024,777 |
|
$1,344,448 |
$8,592,666 |
|
$1,792,598 |
$12,888,999 |
|
$672,224 |
$4,296,333 |
|
$4,481,494 |
$28,642,220 |
|
$1,120,374 |
$7,160,555 |
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$896,299 |
$5,728,444 |
Los precandidatos que rebasen el tope de gastos de precampaña establecido por el Consejo General serán sancionados con la cancelación de su registro o, en su caso, con la pérdida de la candidatura que hayan obtenido; en el último supuesto, los partidos políticos conservarán el derecho de realizar las sustituciones que procedan.
Los topes de gasto de campañas fueron determinados conforme a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual señala que para la elección de Presidente el tope máximo de gastos de campaña será equivalente al 20 por ciento del financiamiento público de campaña establecido para todos los partidos en el año de la elección presidencial.
Asimismo, para la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, el tope de gastos será equivalente a la cantidad que resulte de dividir el establecido para la elección presidencial entre 300. Mientras que para la elección a senadores el tope corresponde al establecido para diputados, multiplicado por el número de distritos electorales que conformen la entidad por la que se contienda.
En el caso de los topes de gasto de precampaña, la normatividad establece que estos serán equivalentes al 20 por ciento del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate.
Los topes aprobados por la Comisión serán puestos a consideración del Consejo General del Instituto en su próxima sesión.