Busco a mis hijos con el dolor de respirar ante su ausencia: Ceci Flores
CIUDAD DE MÉXICO, 22 de enero 2018.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 73/2017, dirigida al titular de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales, en suplencia del titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Alberto Elías Beltrán, y al gobernador del estado de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, por violaciones a los derechos humanos que derivaron en la detención arbitraria y desaparición forzada de tres personas indiciariamente atribuible a elementos de la Policía Ministerial del Estado.
De acuerdo a un comunicado, el Organismo Nacional acreditó violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica, libertad e integridad personal en contra de las víctimas atribuibles indiciariamente a elementos de la Policía Estatal de Tamaulipas no identificados, quienes los privaron de su libertad sin orden emitida por autoridad para posteriormente entregarlos a un grupo criminal, sin que a la fecha se conozca su paradero. También se acreditaron violaciones a los derechos humanos a la debida procuración de justicia y a la verdad atribuible a la PGR por la irregular integración y dilación cometidas en la integración de la averiguación previa iniciada con la denuncia presentada por el padre de una de las víctimas.
La Secretaría de Seguridad Pública del Estado informó al Agente del Ministerio Público de la entidad su imposibilidad para enviar los datos de los elementos estatales que laboraron en la fecha en que desaparecieron las víctimas debido a que se acordó su reserva, mostrando su falta de colaboración con esta institución nacional, desconociendo el marco legal y dificultando conocer la verdad de los hechos.
Por su parte, la PGR después de conocer la desaparición de los jóvenes, omitió realizar acciones para la adecuada integración de la investigación ministerial, con lo cual no garantizó el acceso a la procuración de justicia de los familiares en su carácter de víctimas indirectas, entre lo que se destaca haber iniciado una averiguación previa a más de dos años de haberse denunciado la desaparición de los jóvenes en el estado de Tamaulipas.
Por lo expuesto, este Organismo Nacional recomendó en términos generales al Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas: reparar el daño y brindar apoyo psicológico a los familiares de las víctimas y a quien tenga ese derecho en términos de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Tamaulipas y la Ley General de Víctimas, inscribir a los jóvenes y a sus familiares en el Registro Estatal de Víctimas.
Instruir al titular de la Secretaría de Seguridad Pública para esa entidad a fin de que colabore en la integración de la investigación ministerial, para dar con el paradero de las víctimas; atender los requerimientos de la PGR y capacitar al personal de la Secretaría de Seguridad Pública en materia de derechos humanos, desaparición forzada de personas, detenciones arbitrarias e implementación de la Ley General en la materia y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Colabore con este Organismo Nacional en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia que se formule ante la autoridad competente en contra de los policías adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal cuya identidad se desconoce, que indiciariamente intervinieron en la desaparición forzada de tres personas y designar al servidor público que dé seguimiento al cumplimiento de lo citado.
A la PGR continuar con la integración y perfeccionamiento de la averiguación previa hasta el esclarecimiento de los hechos y conocer el paradero de las víctimas, determinar la responsabilidad penal correspondiente; capacitar al personal ministerial de la SEIDO en materia de derechos humanos, específicamente en desaparición forzada de personas, atención victimológica, Jurisprudencia del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos e implementación de la Ley General en materia de desaparición forzada de personas, desaparición por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Deberá instruir al personal ministerial para que en caso de denuncias por desaparición de personas se inicie una carpeta de investigación; asimismo, deberá colaborar en la presentación y queja que se formulará ante la Visitaduría General de la PGR en contra de la autoridad responsable y deberá designar a un funcionario para el seguimiento del cumplimiento de esta Recomendación.