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CIUDAD DE MÉXICO, 22 de enero 2018.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 9 y 31 de la Ley de Seguridad Interior (LSI).
De acuerdo al comunicado INAI/017/18, en la sesión del pública del 16 de enero, el Pleno del INAI aprobó por unanimidad el acuerdo mediante el cual determinó impugnar dichos artículos por considerar que vulneran el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, previstos en la Constitución.
El viernes 19, se presentó ante Oficialía de Partes de la SCJN la acción de inconstitucionalidad con la cual este órgano garante objeta los artículos 9 y 31 de la LSI, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.
El comisionado presidente del Inai, Francisco Javier Acuña Llamas, señaló que, de un análisis conjunto entre el Instituto, su Consejo Consultivo y organizaciones de la sociedad civil, se determinó impugnar dos de los 34 artículos que contiene la Ley, por considerar que vulneran los derechos tutelados por este órgano garante.
Aseguró que el Pleno se mantendrá atento a la resolución de la SCJN y expuso que, en su momento, el INAI planteó al Senado de la República la necesidad de revisar si la Ley garantizaba el ejercicio pleno del derecho de acceso a la información.
Sobre el artículo 9, que prevé “la información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”, el INAI argumentó lo siguiente:
Por lo expuesto, concluyó que el artículo 9 de la LSI contraviene los principios constitucionales de máxima publicidad, de reserva temporal y de excepcionalidad respecto del principio de máxima publicidad.
Sobre el artículo 31, que establece “en materia de Seguridad Interior, las autoridades federales y los órganos autónomos deberán proporcionar la información que les requieran las autoridades que intervengan en los términos de la presente Ley”, el Inai advirtió lo siguiente:
La acción de inconstitucionalidad puede ser consultada dando clic AQUÍ.