
Impulsa MC lactarios en administración pública y órganos desconcentrados
CIUDAD DE MÉXICO, 8 de mayo de 2018.- Los actos de hostigamiento, intimidación, amenazas, desapariciones, secuestros, atentados a instalaciones y homicidios constituyen medios directos que coartan la libertad de expresión, determinó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), siendo la más grave y preocupante la última de los señalados.
En su Informe Especial sobre Asignación y Contratación de Publicidad Oficial remitido a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión señala por otra parte que la colegiación obligatoria de periodistas, las llamadas leyes privacidad, las leyes de “desacato”, la existencia de monopolios y oligopolios en la propiedad y control de los medios de comunicación, así como la utilización del poder del Estado, los recursos de la Hacienda Pública y la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial constituyen medios indirectos que limitan el pleno ejercicio de este derecho humano previsto los artículos 6 y 7 la Constitución Política.
Según el organismo público que protege, promueve, estudia y divulga los derechos humanos de todos los mexicanos, la publicidad oficial, a diferencia de la publicidad convencional, no tiene como finalidad promover productos y servicios con un fin comercial. Su propósito es la concientización de la ciudadanía sobre temas de interés común.
El documento publicado en la Gaceta del Senado, subraya que a diferencia de cualquier otro servicio que pueda ser contratado por la Federación o los Gobiernos de los Estados, la asignación y contratación de la publicidad oficial posee características especiales, derivadas de la posibilidad de su uso como un medio para “premiar o castigar” líneas editoriales o contenidos informativos.
“Esta característica particular exige, a su vez, una reglamentación especial que, atendiendo a la problemática derivada de su utilización como medio directo para coartar la libertad de expresión, establezca de manera preventiva criterios que aseguran condiciones de equidad y transparencia en la contratación de los medios informativos”, indica.
El Informe expone la situación actual de las prácticas realizadas por las entidades federativas respecto a la asignación y contratación de la publicidad oficial, a la luz de los Principios de regulación de Publicidad Oficial en el Sistema interamericano de protección de los derechos humanos que establecen estándares internacionales sobre el tema.
El 14 de marzo de 2017, la CNDH solicitó a los Secretarios Generales de Gobierno de las 32 entidades sobre la asignación y contratación de publicidad oficial. A partir del análisis de la información proporcionada, sin que se dieran respuesta en su totalidad, se precisa que los estados de Baja California Sur, Ciudad de México, Oaxaca, Quintana Roo y Tlaxcala no atendieron la petición realizada por el organismo nacional.
De lo anterior, la Comisión consideró una falta de voluntad política, así como la opacidad de los gobiernos de dichas entidades federativas en el tema relativo a la asignación y contratación de publicidad oficial.
Con la aprobación de la Ley General de Comunicación Social, el Congreso de la Unión dio cumplimiento a la sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 15 de noviembre de 2017.
El titular de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, pretendió que el Informe Especial fuera tomado en cuenta por el Poder Legislativo en la elaboración de las normas locales que eventualmente expidan en virtud de la legislación reglamentaria.