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CIUDAD DE MÉXICO, 27 de octubre de 2018.- Cuando una mujer demanda o presenta una denuncia por violación a sus derechos, las y los juzgadores deben tener en claro que corresponde aplicar la ley con perspectiva de género, aseguró la magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Aralí Soto Fregoso.
Al ofrecer la conferencia magistral Juzgar con perspectiva de género, en el marco del “Observatorio de participación política de las mujeres”, la magistrada del TEPJF sostuvo que al juzgar con esta perspectiva se debe distinguir que no es lo mismo lo que pasa, en una situación similar, a una mujer que a un hombre, ya que “ellas viven situaciones agravantes, discriminaciones extraordinarias y condiciones que no tienen el mismo impacto para hombres”, al existir diferencias entre ambos géneros en oportunidades, derechos y relaciones de poder, afirmó.
“Juzgar con perspectiva de género implica analizar el caso concreto para advertir si existe alguna categoría sospechosa, como ser mujer, ser niña, ser pobre, ser indígena, ser migrante, para ver si hay que atender categorías específicas y analizar a profundidad y de manera diferente cada uno de los casos para favorecer en lo mayor posible el derecho de las mujeres” a la igualdad de género, subrayó.
En este sentido, recalcó que se ha demostrado que no basta con tener plasmados los derechos en las normas jurídicas y en la Constitución, sino que es necesario “que se haga una interpretación de la norma que sea favorable a los derechos de las mujeres, y es esa la visión y la obligación que tenemos de juzgar con perspectiva de género”.
Soto Fregoso indicó que el TEPJF ha dado muestra de que sí se puede avanzar en este sentido, para lograr la maximización de los derechos fundamentales, construyendo interpretaciones garantistas que van más allá de lo que expresamente está establecido en las leyes o en la Constitución, para transformar la discriminación en oportunidades que hagan realidad la igualdad sustantiva.
La magistrada de la Sala Superior recordó que, para que se logren sentencias en favor de las mujeres, en materia electoral se requiere que ellas ejerzan su derecho a impugnar, porque los tribunales no pueden investigar qué pueden juzgar, sino que les tienen que llegar los casos concretos, que permiten forjar criterios firmes que, con tres decisiones en el mismo sentido, se pueden convertir en una jurisprudencia, obligatoria para todas las autoridades y partidos políticos, como fue con el establecimiento de la paridad horizontal.
“Si las mujeres no impugnan, si la sociedad civil no las acompaña, no va a haber avance ni legislativo, ni siquiera en criterios jurisdiccionales, ni en sentencias”, afirmó Soto Fregoso durante el evento inaugurado por la gobernadora del estado de Sonora, Claudia Pavlovich Arellano, y en el que estuvieron presentes la magistrada presidenta del Tribunal Electoral de Sonora, Carmen Patricia Salazar Campillo; la consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral del Estado de Sonora, Guadalupe Taddei Zavala; la diputada federal Ana Gabriela Guevara y la coordinadora general de la Red de Mujeres en Plural de Sonora, Olga Haydeé Flores Velásquez, entre otras.