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CIUDAD DE MÉXICO, 22 de enero de 2019.- Ante la agenda legislativa en materia laboral que se prevé en el Congreso, la secretaria del Trabajo del Gobierno de la Ciudad de México, Soledad Aragón Martínez, acudió al Senado de la República para exhortar a ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Dicho tratado es sobre los derechos de hombres y mujeres que se dedican al trabajo doméstico remunerado.
En causa común, el presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres, recibió a la funcionaria capitalina quien dijo que este sector de trabajadores ha sido excluido históricamente.
En conferencia de prensa, refirió el caso de una trabajadora doméstica que fue despedida después de haber laborado más de 40 años en un hogar y del cual la Suprema Corte emitió una resolución en la declaró inconstitucional la no obligatoriedad del registro del Seguro Social por parte de los contratistas.
Aprovechando la coyuntura, motivó a Aragón Martínez a instar a la Cámara de Senadores a ratificar el Convenio de la OIT en beneficio de más de dos millones 300 mil personas que se dedican al trabajo doméstico remunerado.
Sin embargo, más del 90 por ciento no están registradas ante la seguridad social lo que implica que no cuenten con beneficios como son: acceso a la salud, a créditos de vivienda, servicios de guardería y otra serie de prestaciones como jubilaciones y pensiones.
La Secretaria del Trabajo detalló que en la Ciudad de México existen aproximadamente 435 mil personas que se dedican al empleo doméstico, casi el 20 por ciento de la totalidad de los trabajadores.
«Desde la Secretaría del Trabajo estamos fomentando y haciendo mucha labor para que esta ciudad sea de derechos laborales, por eso hacemos el llamado al Honorable Senado para que nos apoye en la ratificación del Convenio”, conminó a saldar la deuda histórica que se tiene en el país con este sector de trabajadores.
El Convenio 189 de la OIT se aplica a todos los trabajadores domésticos y todo miembro que lo ratifique deberá adoptar medidas para asegurar la promoción y la protección efectivas de los derechos humanos de todos los trabajadores domésticos.
En lo que respecta a los trabajadores domésticos, las medidas previstas protegen la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.
Además, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la abolición efectiva del trabajo infantil; la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
Se deberá fijar una edad mínima para los trabajadores domésticos compatible con las disposiciones del Convenio, edad que no podrá ser inferior a la edad mínima estipulada en la legislación nacional para los trabajadores en general.
A los trabajadores domésticos menores de 18 años pero mayores de la edad mínima para el empleo, no se podrá privar de la escolaridad obligatoria, ni comprometer sus oportunidades para acceder a la enseñanza superior o a una formación profesional.
Además, adoptar medidas para asegurar que los trabajadores domésticos gocen de una protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia.