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CIUDAD DE MÉXICO, 25 de abril de 2019.- A petición de los coordinadores de los grupos parlamentarios, el Pleno de la Cámara de Senadores canceló este jueves la discusión del dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Segunda, en materia de reforma en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva.
La Presidencia de la Mesa Directiva informó que para continuar su proceso legislativo y eventual análisis y discusión en el Pleno, la segunda lectura se realizará en la sesión ordinaria siguiente este lunes 29 de abril.
La asamblea quedó enterada en primera lectura del proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley Federal de Defensoría Pública; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores; y de la Ley del Seguro Social.
En reunión extraordinaria de este miércoles, las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron dicho dictamen que reforma 556 de mil 10 artículos de la Ley Federal de Trabajo, es decir, más de la mitad.
Las modificaciones tienen como finalidad armonizar la legislación secundaria con la reforma constitucional del 24 de febrero de 2017, en materia de justicia laboral y libertad sindical. Como antecedentes tiene la ratificación del convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre libertad sindical y los compromisos de México en materia laboral en el Tratado México, Estados Unidos, Canadá (T-MEC).
El dictamen señala que se garantizan los derechos de libertad de agrupación de la clase obrera, que se refleja en la formación de sindicatos y confederaciones, y es garante de que sus decisiones sean tomadas en cuenta, respetadas.
En cuanto a la libertad y negociación sindical, se hace efectiva la libertad de los trabajadores para tomar decisiones respecto de su representación y la defensa a sus intereses. Incluye también el derecho a elegir y a ser electo como miembro de una organización sindical.