Presenta Ramírez de la O presupuesto de egresos; van 6.5 billones a metas
CIUDAD DE MÉXICO, 2 de julio de 2019.- Aunque representantes de TransCanada, Fermaca, IEnova o Carso están dispuestos a renegociar los contratos de gasoductos detenidos, el director general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Manuel Bartlett Díaz, aseguró que han hecho un gran esfuerzo para reunir los papeles, pues la administración pasada los tenía desordenados.
En conferencia de prensa este martes, calificó de inequitativo e inadecuado para las finanzas de la CFE todas las demandas de pago por gastos pre operacionales y para generar gas al mejor precio para los mexicanos.
Cuando tomaron el cargo de la Comisión, precisó Barttlet Díaz, se habían pagado ya 600 millones de dólares sin haber recibido una molécula de gas.
El titular de la empresa productiva del Estado mexicano detalló que con el apoyo en algunas cláusulas del contrato y su interpretación, se tenía que pagar todos estos frenos pese a ser una responsabilidad de los transportistas.
La defensa jurídica de la CFE demanda por su parte el pago de 899 millones de dólares por el caso del ducto Sur de Texas-Tuxpan. La Comisión informó que está pagando el cargo fijo de ese ducto y al no llegar el gas a tiempo, representa un cargo para la empresa del Estado; además de sanciones que están establecidas y penalidades en los contratos.
De lado de los transportistas Fermaca y TransCanadá obtuvieron dos medidas cautelares: el congelamiento del proceso de ejecución de la garantía del cumplimiento del contrato consistente en una carta de crédito stand by. En el caso del primer contratista obtuvo la continuación del cumplimiento de las obligaciones por parte de la CFE.
Del lado de la Comisión Federal de Electricidad obtuvieron medidas cautelares espejo que son: que el congelamiento de la obligación de pago gravoso, el llamado cargo fijo; la suspensión de una prerrogativa inusual en contratos de esta naturaleza, establecido en los suscritos con las empresas transportadoras de gas como la facultad de dar por terminado el contrato bajo ciertos eventos por una declaración unilateral de voluntad del transportistas por efectos de una rescisión por incumplimiento imputable a la empresa del Estado.