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CIUDAD DE MÉXICO, 30 de agosto de 2019.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) expresa su solidaridad y compromiso con las más de 40 mil personas desaparecidas, ya sea víctimas de desaparición forzada o cometida por particulares, y sus familiares, quienes aún esperan conocer la verdad sobre esa práctica ignominiosa, contraria a la dignidad humana y que implica la negación absoluta de todos los derechos humanos, así como saber el destino de sus seres queridos, acceder a la justicia, a la reparación del daño y recibir garantías de no repetición.
Este Organismo Nacional saluda que este viernes se haya anunciado que el Presidente de la República ha instruido aceptar la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas para recibir y examinar comunicaciones individuales, situación que no fue atendida por la administración pasada, a pesar de los diversos exhortos realizados por la CNDH; invitar a dicho Comité para que realice una visita oficial a México durante el segundo semestre de 2020; atender las decisiones internacionales relacionadas con casos de desaparición de personas; presentar una iniciativa legislativa que permita hacer efectivo el mecanismo extraordinario de identificación forense, así como el hecho de que se haya comisionado a la Unidad de Búsqueda de la Policía Federal, a la Comisión Nacional de Búsqueda para realizar tareas de búsqueda y localización de personas desaparecidas.
Este Organismo Constitucional Autónomo subraya que, de acuerdo con datos oficiales dados a conocer el día de hoy, se han localizado más de 3,000 fosas clandestinas de las que se han exhumado restos óseos, sin embargo, aún no se generan las condiciones adecuadas para dar debida atención a dicho problema, lo que refleja, en los hechos, falta de interés y voluntad de las autoridades, particularmente de las entidades federativas del país, para atender los legítimos reclamos de las víctimas y de la sociedad, lo que coadyuvará a recuperar la convivencia pacífica, la confianza en las instituciones y en el Estado de Derecho.
Para esta Comisión Nacional, la falta de respuesta adecuada ante ese flagelo parece implicar una actitud indiferente ante el sufrimiento y dolor de las víctimas y sus familiares, toda vez que no se han implementado las políticas y acciones necesarias para incidir positivamente en el abatimiento de tan lacerante práctica. Señala que se trata de un tema que duele e indigna a todos, y que debe dolernos más al ver que dicha práctica, lamentablemente, no ha sido erradicada.
En ocasión del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas –30 de agosto—, la CNDH puntualiza que cada caso debe ser investigado de manera exhaustiva y pertinente, localizar a la persona desaparecida e identificar a los responsables para que sean sancionados conforme a derecho, para lo cual deben atenderse los reportes en materia de desapariciones de instancias internacionales, los informes de organizaciones nacionales e internacionales, los documentos emitidos por los Organismos Públicos de Protección de los Derechos Humanos, los reportes de instancias oficiales y el Informe Especial sobre Desaparición de Personas y Fosas Clandestinas en México, dado a conocer por esta Comisión Nacional en 2017.
Esta Comisión Nacional subraya que contar con la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas no resuelve por sí mismo el problema, ya que es una herramienta más para combatir el flagelo, por lo que el reto es materializarla, para lo cual se requiere voluntad política de las instancias de gobierno, en especial de las entidades federativas; profesionalización de todos los actores encargados de su aplicación; recursos suficientes para instrumentar sus contenidos; investigaciones efectivas que eviten la impunidad; creación y/o instalación de las Comisiones de Búsqueda en los estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Guanajuato, Quinta Roo y Sonora, realización por autoridades locales, con auxilio de instancias federales, de un análisis de contexto o situacional de los aspectos que permitan identificar, relacionar y sistematizar los obstáculos estructurales que generan condiciones para la comisión de delitos, además de escuchar las necesidades de los familiares de las víctimas, quienes deben recibir un trato con calidad y calidez.
La CNDH enfatiza que el fenómeno de las desapariciones es una forma compleja de violación de los derechos humanos que debe ser comprendida y encarada de manera integral, ya que estamos frente a una violación múltiple y continuada de numerosos derechos reconocidos en los principales instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que los Estados Nacionales están obligados a respetar y garantizar.
Respecto de esta fecha conmemorativa, el 21 de diciembre de 2010 la Asamblea General de la ONU decidió, mediante su resolución A/RES/65/209, declarar el 30 de agosto como Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas. Se trata de una grave violación a los derechos humanos, porque al separar a la víctima del ámbito protector de la ley y desaparecerla de la sociedad, se encuentra privada de sus derechos a merced de sus aprehensores.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos subraya que el Estado mexicano tiene una asignatura pendiente con las víctimas de desapariciones –forzadas y cometidas por particulares— y sus familiares, por lo que urge a las autoridades y sociedad a actuar para saldar esa deuda, ya que no podremos hablar de ser una sociedad sustentada en el reconocimiento y respeto de los derechos humanos mientras no se dé una respuesta integral a ese flagelo.