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CIUDAD DE MÉXICO, 2 de noviembre de 2019.- Luego de la reciente resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en torno al proceso interno de Morena para elegir presidente, el consejero Alejandro Rojas Díaz Durán manifestó que una inmensa mayoría quiere que el partido se conduzca apegado a la legalidad.
Ello, aseguró, frente a una minoría que ha manifestado que es una intromisión ilegal la reciente resolución del Tribunal.
A través de una carta dirigida a la militancia de Morena, el senador sostuvo junto al abogado Jaime Hernández Ortíz, precisó que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le dio la oportunidad a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, resolver todas las irregularidades del proceso electoral interno y no lo hizo.
«Esta Comisión conoció de la inconformidad desde hace más de dos meses atrás y no quiso atender el reclamo fundamental de que la convocatoria contenía irregularidades.
Por el contrario, públicamente la convalidó».
Ante ello, expresaron, «no nos quedó de otra a varios quejosos, que acudir a los Tribunales , dado que la CNHJ de Morena había confirmado todas las irregularidades que ya conocemos».
El aspirante a la dirigencia de Morena, Alejandro Rojas Díaz Durán señaló que si Morena opta por reponer el proceso deberá:
a) contar con un padrón confiable.
b) respetar la libre afiliación.
c) Apegarse al Estatuto.
d) Entregar credenciales de afiliación, y
e) Respetar la afiliación hasta treinta días antes del proceso.
Reiteró que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le dio la oportunidad a Morena para que corrigiera el proceso, pero ante su negativa y validación, tuvo que admitir diversas impugnaciones y resolver las irregularidades contenidas en la convocatoria, origen de todos los conflictos, dejando a salvo las facultades de auto organización y auto determinación del partido; que sin embargo, dijo, no son facultades omnímodas ni ilimitadas.
«Además, precisó la sentencia, que ni el Comité Ejecutivo Nacional ni el Consejo Nacional tienen facultades para suspender el proceso de afiliación, pues debe aplicarse el principio de juridicidad, es decir, que deben prevalecer los principios constitucionales de un Estado de Derecho y en apego a nuestra Carta Magna, sobre todo, el respeto al artículo 16 constitucional».
Es así que el TEPJF resolvió:
1. Que se deja sin efectos el proceso electoral y la convocatoria del partido por no apegarse a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, al no respetar el derecho a la libre asociación y libre afiliación, pues son derechos que no pueden suspenderse.
2. Por lo tanto, se afectó el derecho de la ciudadanía a participar a través del partido en los asuntos públicos y en la formación del gobierno, ya que Morena en una entidad de interés público que recibe financiamiento del Estado y no un club privado de cuates que puedan hacer lo que les venga en gana.
No es la ínsula Barataria de Sancho Panza.
3. Que la suspensión de derechos de la ciudadanía no fue razonable, idónea, racional ni proporcional.
4. Que la convocatoria violó el artículo 24 de los Estatutos, pues Morena confundió lo que es una fecha de corte para elaborar un padrón con una suspensión del proceso de afiliación, al ser dos cosas distintas.
5. Lo anterior, además de que se limitó ilegalmente los derechos políticos y electorales de los ciudadanos, al cerrarse indebidamente el registro de afiliación hasta dos años antes, cuando lo correcto era 30 días previos a la jornada electoral; por lo que no debió excluirse los afiliados hasta antes de la publicación de la convocatoria.
6. Se determina que el padrón de militantes no es confiable, al observarse inconsistencias y omisiones, y además, porque ninguna instancia (ni el Comité Ejecutivo Nacional, el Consejo Nacional ni la Comisión Organizadora coadyuvadora) lo validó, verificó y actualizó y ni tampoco se hicieron las auditorías obligadas.