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CIUDAD DE MÉXICO, 30 de enero de 2020.- En mesa de trabajo sobre la Regulación de la Cannabis para uso y consumo medicinal y lúdico, Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación (Segob), conminó a los senadores de Morena a atender y resolver dilemas sobre propuestas planteadas en el ante proyecto en la materia.
Uno de ellos es sí los permisos de siembra y cosecha serán solamente para campesinos o se otorgarían también a empresas mercantiles o personas físicas con actividades empresariales.
La propuesta personal de la ex Ministra es que los permisos sean solamente para cooperativas formadas por campesinos o para los campesinos.
Otras son si el productor directo puede incorporar procesamiento al producto o deberá venderlo sin procesamiento alguno o si la comercialización y venta tendrá participación privada o solamente pública.
La Secretaria de Gobernación propuso a los morenistas y aliados considerar un modelo que regule las ventas de primera mano, a cargo de una agencia del Estado.
En el mismo punto, cuestionó la propuesta de crear un ente público nuevo para esta materia, o se le puede encomendar a alguno de los organismos públicos ya existentes, así como una nueva ley como lo propone el ante proyecto, o bastaría con la reforma a la Ley General de Salud y otras conexas con esta materia.
La Segob ofreció un panorama internacional de los países que han legislado en la despenalización o regulación de la marihuana. Existe una prohibición parcial en Perú, que permite la posesión, pero no permite la comercialización o distribución; España, permite el consumo privado, más no todo el resto de la cadena productiva o el caso de México, permite el consumo y la posesión en términos de los gramajes establecidos en ley, más no permite la comercialización o distribución.
Sólo dos países, Canadá y Uruguay, cuentan con una legislación integral que permite el consumo legal, tanto para uso lúdico como medicinal, y otros como Estados Unidos, cuenta con una legalización parcial, donde los estados de la unión permiten ya sea el uso lúdico o el uso medicinal.
De los países comparados, salvo en Holanda, permiten la producción privada. Para el caso de autoconsumo, los cuatro países permiten la producción personal.
Las asociaciones o cooperativas se encuentran permitidas en Uruguay, y también en Holanda se permite el consumo en lugares denominados coffee shops o cafeterías.
Respecto a los límites de edad, en Estados Unidos la edad para el consumo es 21 años, lo cual coincide con la edad permitida para el consumo de tabaco y alcohol.
Respecto a los órganos reguladores, Uruguay tiene un órgano especializado para regular el cannabis, mientras que en los otros las competencias se encuentran distribuidas a lo largo de diversos organismos.
Respecto al uso, en Estados Unidos sólo dos estados han legalizado el consumo lúdico, mientras 34 han legalizado el consumo medicinal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la jurisprudencia por reiteración de tesis, en la cual resolvió la inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley General de Salud, lo cual conlleva la obligación del Congreso de la Unión a Legislar en la materia, cuyo plazo vence el 30 de abril del 2020.
La negativa de hacer esto implicaría que se liberaran esos artículos y entonces se liberara toda la cadena productiva.