Busco a mis hijos con el dolor de respirar ante su ausencia: Ceci Flores
CIUDAD DE MÉXICO, 3 de febrero de 2020. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la revisión del amparo obtenido por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos de la República Mexicana, que preside el senador Napoleón Gómez Urrutia, que obliga a Grupo México, de Germán Larrea, a reconocer la huelga en la mina de San Martín en Sombrerete, Zacatecas, que data desde julio de 2007 y desconocer al sindicato de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC).
Determinó que son improcedentes los recursos de revisión que hicieron valer el Secretario General y la apoderada legal de los terceros interesados, en virtud de que no se cumplen los requisitos que establecen los artículos 10, fracción III y 21, fracción III, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y dio por concluido el asunto.
El SNTMMSSRM celebró el fallo, ya que se ratifica que el contrato colectivo de trabajo que firmó la empresa Industrial Minera México, filial de Grupo México, con otro gremio de la Federación Nacional de Sindicatos Independientes para reiniciar actividades en agosto de 2018 es ilegal, por lo que será obligado a retirarse de las instalaciones de San Martín o se requerirá el uso de la fuerza pública.
El recurso de revisión fue presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores de Exploración y Beneficios de Minas de la República Mexicana e Industrial Minera México, como terceros interesados, en contra de la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que en su momento ratificó el amparo concedido por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo de la Ciudad de México.
La organización sindical de Gómez Urrutia obtuvo la protección de la justicia en noviembre pasado, que obligó a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dejar sin efecto el laudo emitido el 2 de abril del 2019 y emitiera otro en el que determine que no se puede conformar el padrón de trabajadores con derecho a voto, para desahogo de la prueba de recuento, con documentos relacionados hasta junio de 2007.
La mina fue reabierta luego de que la empresa y el sindicato patronal de minas firmaron un nuevo contrato colectivo de trabajo que carece de validez, toda vez que el ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica, pendientes ante el Tribunal y la de las solicitudes que se presenten, por lo que se tendrá que realizar, en su caso, un recuento.
El SNTMMSSRM recordó que la huelga de la mina de Sombrerete fue iniciada hace más de 12 años por diversas violaciones a los derechos laborales que no fueron atendidas por la empresa de Grupo México, que acusó de ilegal el movimiento sindical, y que en 2012 también intentó reabrir las instalaciones con un sindicato afiliado a la CROC.