Aprueba Congreso de Guerrero la desaparición de organismos autónomos
CIUDAD DE MÉXICO, 26 de mayo de 2020.- Morena en el Senado de la República reacciona contra gobiernos que forman parte del frente de común de la oposición, y buscará que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronuncie sobre la constitucionalidad y validez de acuerdos y decretos emitidos, para suspender y restringir los derechos humanos al libre tránsito y de reunión de sus ciudadanos.
A través de una propuesta con punto de acuerdo promovida por las morenistas María Cárdenas Mariscal, María Guadalupe Covarrubias Cervantes y Lilia Margarita Valdez Martínez, y el senador Ricardo Velázquez Meza, irán por la aprobación de un exhorto de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión al máximo órgano jurisdiccional del Poder Judicial.
Basados en los documentos publicados en los diarios oficiales de las entidades, señalaron tal situación en los gobiernos de oposición de Jalisco, Michoacán, Tamaulipas y Baja California Sur.
El pasado viernes, los gobernadores de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca; Nuevo León, Jaime Rodríguez; Durango, José Rosas Aispuro; Michoacán, Silvano Aureoles; Colima, José Ignacio Peralta; de Jalisco, Enrique Alfaro; y de Coahuila, Miguel Riquelme, formaron un frente común para pretender echar atrás la nueva política de confiabilidad eléctrica publicada por la Secretaría de Energía (Sener).
Ahora, los senadores de Morena responden ante la Comisión Permanente y exponen que el pasado 19 de marzo, el Consejo de Salubridad General emitió medidas de contención para enfrentar los efectos de la emergencia sanitaria que provocó la pandemia del Covid 19.
Estos deben ser aplicados, sancionados y respetados por los tres Poderes de la Unión y los órdenes de gobierno, así como por el sector privado y organizaciones civiles, según el documento que se pondrá a disposición de la Permanente para su aprobación.
Los morenistas aseguraron que se ha observado que la mayoría de los gobiernos estatales y municipales han acatado dichas medias con la finalidad de contener la epidemia del coronavirus.
Sin embargo, señalaron que en la normatividad invocada por los gobernadores de Jalisco, Michoacán, Tamaulipas y Baja California Sur no se establece la facultad expresa que les otorgue la posibilidad de suspender o restringir los derechos humanos o garantías individuales en perjuicio de la población que gobiernan.
Con esas decisiones, acusan de violentar los preceptos de los artículos constitucionales 1, 9, 11, 16, en sus párrafos primer, 29, 49 y 120, sobre las garantías individuales y los derechos humanos de los ciudadanos en general.
La restricción o suspensión de los derechos humanos se prevé en el artículo 29, primer párrafo, de la carta Magna, sólo para casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, y sólo pueden ser ordenados por el Presidente de la República, con el respaldo del Congreso de la Unión.
Por ello, arguyeron que existió una invasión a la competencia del Ejecutivo Federal por parte de esos ejecutivos estatales, la cual puede ser dirimida a través de la resolución que emita la SCJN en una eventual controversia constitucional, tal como lo establece la fracción 1 del artículo 105 del máximo ordenamiento jurídico del país.