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CIUDAD DE MÉXICO, 20 de julio de 2020.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó el decreto por el que se reformó un artículo de la Ley de Extinción de Dominio para el Estado de Oaxaca, por invadir la competencia del Congreso de la Unión para legislar en esa materia.
En virtud de la reforma a la Constitución Federal publicada el 14 de marzo de 2019, se facultó al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia de extinción de dominio, por lo que a partir de la entrada en vigor de dicha reforma, el día 15 de ese mes y año, los Congresos de las entidades federativas dejaron de ser competentes para legislar en ese ámbito.
Por lo anterior, la SCJN invalidó el decreto por el que se reformó el primer párrafo del artículo 10 de la Ley de Extinción de Dominio para el Estado de Oaxaca, en el que se adicionaron diversos delitos por los que podía proceder dicha acción.