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CIUDAD DE MÉXICO, 14 de octubre de 2020.- De nueva cuenta, el titular del Ejecutivo federal propuso a Celia Maya García, afiliada al partido Morena, para ser nombrada como Magistrada de la Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
En el oficio remitido al Senado de la República, de igual manera propuso el nombramiento de Joel Alberto García González y Natalia Téllez Torres Orozco, quien ya había sido propuesta al mismo Tribunal, en noviembre del año pasado.
En el caso de Celia Maya, en marzo de 2019, en menos de tres meses compareció en dos ocasiones ante la Comisión de Justicia del Senado de la República como aspirante a Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al formar parte de la terna propuesta por el Ejecutivo federal.
En su primera comparecencia, la aspirante admitió su afiliación política al partido gobernante y refutó que no está impedida en la Ley. Más bien, consideró que todos los ciudadanos tienen su propio pensamiento político y saben qué es lo que el país requiere.
En diciembre de 2018, cuando Juan Luis González Alcántara Carrancá reunió la mayoría calificada del Pleno de la Cámara de Senadores para ser designado como nuevo Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Celia Maya García no logró ningún voto a favor.
La Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa tiene, entre otras facultades, resolver el recurso de apelación que se interponga en contra de las resoluciones dictadas por las Salas Especializadas en Materia de Responsabilidades Administrativas.
Ejercer la facultad de atracción para resolver los procedimientos administrativos sancionatorios que deriven de faltas graves, cuya competencia primigenia corresponda a las Salas Especializadas en dicha materia; resolver los recursos de reclamación que procedan en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y fincar a los servidores públicos y particulares responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales.