Confían demandantes en reforma laboral ante Monreal
CIUDAD DE MÉXICO, 5 noviembre de 2020.- Con 48 votos a favor y 32 en contra, el Pleno del Senado aprobó por mayoría de los senadores de Morena y aliados, el dictamen que reforma la Ley General de Salud, en materia de recursos que atienden enfermedades como leucemia, cáncer o VIH-Sida.
De esta manera, a través de un artículo segundo transitorio, se legaliza que el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) instruirá a la institución fiduciaria del Fondo de Salud para el Bienestar para que, a más tardar el 1 de abril de 2021, concentre en la Tesorería de la Federación la cantidad de hasta 33 mil millones de pesos del patrimonio de ese Fideicomiso, para las vacunas contra el virus Covid 19 y la atención de la pandemia.
Se pretende establecer que cuando el Fondo de Salud para el Bienestar acumule recursos en un monto superior a dos veces la suma aprobada en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020, como aportaciones al fideicomiso del Fondo de Salud para el Bienestar, el remanente podrá destinarse a fortalecer acciones en materia de salud a través del reintegro de recursos correspondiente a la Tesofe o mediante el Fondo de Salud para el Bienestar.
El documento asegura que los recursos acumulados que se mantengan en el fondo seguirán garantizando la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos, la atención de necesidades de infraestructura, el abasto y distribución de medicamentos y otros insumos y el acceso a exámenes clínicos, conforme lo establece el artículo 77 bis 29 de esta Ley.
El Fondo de Salud para el Bienestar es un fideicomiso público sin estructura orgánica, constituido en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en una institución de banca de desarrollo, en el que el Insabi funge como fideicomitente, y que tiene como fin destinar los recursos que integran su patrimonio a: la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos; la atención de necesidades de infraestructura preferentemente en las entidades federativas con mayor marginación social, y complementar los recursos destinados al abasto y distribución de medicamentos y demás insumas, así como del acceso a exámenes clínicos, asociados a personas sin seguridad social.