Redacción/Quadratín México
CIUDAD DE
MÉXICO, 22 de enero de 2021.- En noviembre de 2020, la Secretaría de Educación
Pública (SEP), a través de la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar
(CNBBBJ) y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF),
a través de la Unidad de Atención a la Población Vulnerable, suscribió el
Convenio de Colaboración de Transferencia de Información para la Identificación
de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad derivada de la
pandemia.
En este
convenio se sientan las bases para dar acceso prioritario a los programas de
Becas para el Bienestar Benito Juárez (BBBJ) a las niñas, niños y/o
adolescentes (NNA) en situación de orfandad derivada de la pandemia causada por
el Covid 19.
Al tratarse
de personas menores de edad, los programas de Becas para el Bienestar Benito
Juárez que participan en este convenio son:
- Programa
de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez.
- Beca
Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez.
En ambos casos
se entregará una beca de 800 pesos mensuales por cada NNA en orfandad.
Los
requisitos para acceder a esta atención prioritaria son:
- Que
el NNA esté en condición de orfandad por el fallecimiento del padre, madre o de
ambos a causa del COVID-19, de acuerdo con el Acta de Defunción
correspondiente.
- Que
el NNA esté inscrito en el ciclo escolar vigente en algún plantel educativo de
Educación Básica o de Educación Media Superior del Sistema Educativo
Nacional.
- En
caso que el NNA esté en orfandad por padre y madre, que la persona adulta que
se presente como su tutora o tutor cuente con la documentación que acredite la
custodia o patria potestad del menor.
La atención de estos casos se realizará con
base en el siguiente procedimiento general:
- Los
Centros de Asistencia Social (CAS) dependientes del Sistema Estatal y/o
municipal DIF:
- Identifican
a las NNA en situación de orfandad por Covid 19.
- Verifican,
recolectan e integran la información personal y escolar de los NNA en orfandad,
así como la información personal de quien funja como tutor/a de cada uno de
ellos.
- Envían
al SNDIF la información anterior.
- El
SNDIF recibe, revisa y verifica que la información enviada por el Sistema
Estatal o municipal DIF esté completa y cumpla con los requisitos establecidos.
En estos casos, el SNDIF envía formalmente a la CNBBBJ la solicitud de
incorporación a los programas participantes.
- La
Coordinación Nacional revisa la información entregada por el SNDIF y, en caso
de no existir correcciones, realizará la incorporación al padrón del programa
de BBBJ que corresponda.
- En
caso de requerir correcciones a la información recibida, la Coordinación
Nacional las solicitará al SNDIF vía correo electrónico para resolverlas de
manera ágil.
- La
CNBBBJ informará mensualmente al SNDIF qué NNA en orfandad fueron incorporados
a los programas de BBBJ participantes.
- La
CNBBBJ entregará las becas de acuerdo a lo establecido en las Reglas de
Operación 2021 de los programas de BBBJ participantes.
Con base en
los trabajos de planeación entre la CNBBBJ y el SNDIF, se determinó que en
enero inicia el proceso de integración y recepción de solicitudes para la
incorporación a los programas de BBBJ en el primer bimestre de 2021.
Actualmente, esta estrategia se encuentra en dicha etapa y, por ello, a la
fecha la CNBBBJ aún no ha recibido solicitudes de incorporación.