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CIUDAD DE MÉXICO, 15 de marzo de 2022.- A poco más de hora y media de que Comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado debatan y, eventualmente, voten la minuta de la Cámara de Diputados por el que se interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, el senador Ricardo Monreal avizoró que de avalarse, terminará siendo judicializada.
Es decir, el proyecto de decreto que permite a los servidores públicos, incluido el Presidente de la República, hacer propaganda durante los procesos electorales, podría terminar en la Corte.
La Cámara de Diputados aprobó exprés un decreto de interpretación de la ley vigente que permite a los funcionarios públicos hacer campaña política o promover el proceso de revocación de mandato, sin que se considere una violación a la ley.
En entrevista, el líder de los senadores de Morena aseguró que esperarán el debate que se dará en las Comisiones, pues confesó que no ha leído la minuta y no conoce la motivación y fundamentación de parte de la Colegisladora.
“Vamos a ver qué deciden las comisiones en la tarde, lo que decidan vamos que respaldarlo (…) No hay que permitir violaciones a la Constitución y en todo caso cuando las hay, hay controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad (…) si se aprobara estoy seguro que ahí terminará”, vislumbró el coordinador de la mayoría legislativa.
En sesión de este martes, la presidenta de la Mesa Directiva, Olga Sánchez Cordero, comunicó a la Asamblea sobre la minuta e instruyó a turnarla de manera directa, el pasado 14 de marzo, a las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda.
El proyecto establece que la propaganda gubernamental debe entenderse como el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin por un ente público.
Por poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público.
Lo anterior, con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población, cuyas características deberán ajustarse a lo señalado en el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución Política.
La minuta también plantea que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.