Incidirá IECM en la participación juvenil en asuntos de interés público
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de marzo de 2023.- El Ejecutivo federal somete a consideración del Senado de la República el Convenio de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica sobre las Medidas que deben Adoptarse para Prohibir e Impedir el Robo, la Introducción, la Extracción y la Transferencia Ilícitas de Bienes Culturales, firmado en la Ciudad de México, el 24 de noviembre de 2022.
Dicho Convenio busca adoptar las medidas necesarias para impedir el tráfico de bienes culturales, así como establecer las bases y procedimientos por los cuales México y Costa Rica deben actuar para protegerlos del robo, la introducción, la extracción y la transferencia ilícitas, y propiciar su restitución, de conformidad con la legislación nacional aplicable y los compromisos internacionales adquiridos por ambos países.
A fin de garantizar la eficiencia en el cumplimiento de su objetivo, así como el intercambio de información, trámites y procedimientos, México designó a la Secretaría de Cultura, y Costa Rica, al Ministerio de Cultura y Juventud, como autoridades coordinadoras. La propuesta fue turnada para dictamen a las comisiones Unidas de Relaciones Exteriores América Latina y el Caribe; de Relaciones Exteriores; y, de Cultura, del Senado de la República.
Las autoridades coordinadoras estarán habilitadas para colaborar directamente en el marco de sus respectivas atribuciones y legislación nacional aplicable, así como facultadas para tomar las medidas necesarias para lograr la restitución de los bienes culturales.
México y Costa Rica buscan complementar y enriquecer su colaboración con el desarrollo de acciones de cooperación: intercambiar información sobre sus experiencias, prácticas y estrategias en las materias referidas en el Convenio, así como de tecnologías en materia de seguridad.
Además, implementar mecanismos de colaboración con organismos internacionales competentes en materia de robo, excavaciones no autorizadas, introducción, extracción y transferencia ilícitas de bienes culturales; realizar cursos, seminarios y talleres que tengan por objeto la prevención, investigación y control del tráfico de bienes culturales, y adoptar las medidas necesarias para impedir la adquisición ilícita de bienes culturales procedentes del otro país.
Este Convenio permitiría la existencia de un instrumento internacional que permita a ambos Estados colaborar en la protección, estudio y valoración del patrimonio cultural e impedir, de una forma más eficiente, su tráfico ilícito, aunada a la colaboración en la protección del patrimonio cultural, al restringir su tráfico y reconocer el derecho originario de cada Estado sobre sus respectivos bienes culturales, e impedir la adquisición ilícita de bienes culturales provenientes del otro Estado.