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CIUDAD DE MÉXICO, 13 de mayo de 2023.- Luego de que el Instituto Nacional de Migración (INM) informó el pasado 10 de mayo que 33 estancias provisionales fueron suspendidas temporalmente en lo que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) concluye la visita de supervisión en las instalaciones, el organismo autónomo aseguró que no es necesario que se mantengan cerradas para las revisiones.
A través de un comunicado, solicitó al INM que mantengan su responsabilidad de otorgar de manera permanente y continua un alojamiento digno y seguro para todas las personas migrantes.
“Con relación al comunicado 024/23, publicado por el Instituto Nacional de Migración (INM) el pasado 10 de mayo, mediante el cual señaló que suspendió temporalmente la operación de 33 estancias provisionales tipo “A” y “B” en el país, hasta en tanto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) concluye sus visitas de supervisión a todas las instalaciones de ese Instituto y rinde el informe correspondiente, esta CNDH aclara que la realización del Informe Especial se lleva a cabo sin perjuicio de las funciones, atribuciones y responsabilidades que el INM debe mantener para otorgar de manera permanente y continua un alojamiento digno y seguro para todas las personas en contexto de movilidad internacional, en las estaciones migratorias y estancias provisionales con que cuenta”, detalla el texto.
En ese sentido, la CNDH señaló que continuará con las visitas de verificación a las estaciones migratorias y estancias provisionales para la emisión, en su momento, del informe especial correspondiente.
Además, hizo un llamado al INM a fin de que los procedimientos administrativos migratorios de las personas en contexto de movilidad internacional que se encuentren bajo su custodia, se realicen de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley de Migración y su Reglamento, así como en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, garantizando en todo momento el respeto a los derechos humanos, entre ellos, el derecho al debido proceso de las personas migrantes que transitan por el país, y con ello evitar que sean sometidas a resoluciones de deportación o retornos irregulares.
Recordó que el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales de los que México sea parte, así como las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos previstos en la propia Constitución.
“Así, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 106 y 107 de la Ley de Migración, se reconocen los derechos de las personas migrantes alojadas en los recintos migratorios del INM, autoridad que tiene la responsabilidad de garantizar condiciones dignas de alojamiento, tales como: prestar servicios de asistencia médica, psicológica y jurídica; atender los requerimientos alimentarios, supervisar que la calidad de los alimentos sea adecuada; mantener en lugares separados a hombres y mujeres y con medidas que aseguren la integridad física de las personas extranjeras; mantener instalaciones adecuadas que eviten el hacinamiento; contar con espacios de recreación deportiva y cultural, entre otras. Para verificar estas y otras condiciones de alojamiento y estancia, el Instituto facilitará el trabajo que realice la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
La tarea de la CNDH es, y siempre será, velar por la defensa de los derechos humanos de todas las personas. Por ello, refrenda su compromiso de vigilar que se respete la Constitución y las leyes emanadas de la misma”, concluyó.